Recurren el archivo de la denuncia por delitos relacionados con corrupción contra Noelia Arroyo

La alcaldesa de Cartagena junto a Juan Pedro Torralba y la empresa adjudicataria del contrato de jardines fueron denunciados ante los juzgados de Cartagena por hechos que podrían encuadrarse dentro de lo delitos de prevaricación, fraude y malversación

El pasado mes de octubre de 2022 tuvo entrada en el juzgado de instrucción número 4 de Cartagena una denuncia presentada por la Asociación Contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública en nombre del presidente de la Asociación de Afectados por los Servicios Públicos de Cartagena, Marcelo Correa.

https://www.lasnoticiasrm.es/2023/02/27/noelia-arroyo-denunciada-corrupcio/

En dicha denuncia, Marcelo Correo relataba una serie de supuestos incumplimientos que habrían sido realizados por la adjudicataria del contrato del “Servicio de conservación y mejora de los jardines y arbolado en Cartagena”, la UTE ACTÚA-ACCIONA, en connivencia con el concejal del área, Juan Pedro Torralba, y la alcaldesa de Cartagena, Noelia Arroyo.

En la denuncia, a la que tuvo acceso LasNoticiasRM en exclusiva, se indicaba que la UTE “está incumpliendo constantemente Innumerables clausulas, por las que en definitiva se la otorgó la licitación, en detrimento de otras empresas que se presentaron a la misma. Todo ellos con la connivencia y conocimiento del responsable del servicio, el concejal Don Pedro Torralba Villada, y su alcalde Doña Noelia María Arroyo Hernández”.

Recurren el archivo de la denuncia por delitos relacionados con corrupción contra Noelia Arroyo

Casi 5 millones de euros de perjuicio económico para el consistorio, según el denunciante

Correa cuantificaba en su denuncia, según su criterio, el posible perjuicio económico para las arcas municipales de los hipotéticos incumplimientos en los que pudiera haber incurrido la UTE. Según este cálculo, la cifra que arroja Correa en la denuncia es de 4.847.639,16 euros.

“Realizando las cuentas oportunas, el total del posible perjuicio a las arcas municipales, por varios conceptos es de 3.966.646€ aproximadamente. Si se aplica el 0,5% de GC y 0,5 % de Beneficio industrial, más el 21 % de IVA, son 4.847.639,16€”, se explica en el documento.

“Importe este estafado por la empresa adjudicataria, el concejal del servicio y su responsable superior alcaldesa de Cartagena, que, a preguntas y peticiones de informes, (de obligado cumplimiento por el ayuntamiento a realizar, porque así la ley obliga) por parte de ASEPUCAR, en casos dan silencio por respuesta y en otras ocasiones presentan informes falsos”, afirmaba.

El juez decreta el archivo sin realizar ninguna diligencia de investigación

El pasado 4 de abril fue notificado al denunciante el archivo y sobreseimiento provisional de la denuncia presentada sin que el magistrado realizara ninguna diligencia de investigación, según se indica en el escrito de recurso al que ha tenido acceso LasNoticiasRM.

El recurso basa su argumentación en varios puntos, iniciando en lo referente a «la nulidad de actuaciones por haber prescindido de normas esenciales del procedimiento, habiendo causado indefensión».

Recurren el archivo de la denuncia por delitos relacionados con corrupción contra Noelia Arroyo

«Vemos, pues, cómo este Instructor acude a ‘argumentos’ no recogidos en la Ley y que además atribuye su obligación a la denunciante tales como, dice, son ‘haber contrastado la información’, como si periodista fuere; acompañar origen de su conocimiento«, como si ello estuviere en su mano; o de ‘motivación jurídica’, como si este fuere un requisito de veracidad o de admisión de la denuncia», se afirma en el escrito.

Según el abogado recurrente par que se pudiera decretar la nulidad procesal debería de existir un infracción procesal sustancial. Además, que como consecuencia directa del tal infracción se haya producido indefensión, algo que asegura que sucede en esta caso al serle vedado el acceso a la jurisdicción.

«En atención a lo expuesto entendemos que concurre causa que determina la nulidad del Auto de 16/02/23 por la EXISTENCIA DE INFRACCIÓN PROCESAL SUSTANCIAL, EX VÍA ART. 238.3 LOPJ, por cuanto el Magistrado-Juez prescinde de la norma esencial del procedimiento cuales son los artículos 259 a 269 Lecrim. en el momento en que acude a una serie de requisitos de admisión (origen de la información, contraste de la información y motivación jurídica) no contenidos ni contemplados en ninguna norma procesal penal», se puede leer en el recurso.

En relación a la nulidad por falta de instrucción se indica que «como línea de principio debe señalarse que la característica de la fase instructora del procedimiento penal no es otra que la investigación de hechos en apariencia delictivos, por lo que a tenor de los arts. 299 y 777.1 de la Lecrim., al esclarecimiento de los hechos con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación, así como la identidad de las personas que en los mismos pudieren haber participado».

Afirmando que «es claro que ninguna comprobación judicial de los hechos se ha producido, de ahí que la negativa a investigar por parte del Juzgado Instructor se traduce en una efectiva indefensión material para el denunciante».

El recurso pone de manifestó lo que, a juicio del recurrente, suponen una dejación de funciones del instructor llegando a afirmar que «bien pudo este Instructor, en aras de su obligación de descubrir
la verdad, haber requerido del Ayuntamiento de Cartagena el contrato, el citado Pleno de 26/07/19; haber llamado al Concejal o al Tesorero o haber solicitado las cuentas del Ayuntamiento, entre otras muchas diligencias de investigación, a la vista de la gravedad que supone el presunto desvío de casi CINCO MILLONES DE EUROS, lo que no ha hecho»

Recurren el archivo de la denuncia por delitos relacionados con corrupción contra Noelia Arroyo

Solicitan se realicen diligencias de investigación

El recurso presentado insta al juez instructor a que «tome declaración a los DENUNCIADOS, en calidad de investigados, ex art. 118 Lecrim, con domicilio a efectos de citaciones en el Ayuntamiento de Cartagena», se tome declaración Marcelo Correa (denunciante), «se requiera del Ayuntamiento de Cartagena a fin de que aporte en autos el Contrato SE2016/21 suscrito por el Ayuntamiento de Cartagena con la UTE ACTUA-ACCIONA JARDINES CARTAGENA para el SERVICIO DE CONSERVACION Y MEJORA DE JARDINES Y ARBOLADO EN CARTAGENA y «se requiera del Ayuntamiento de Cartagena a fin de que aporte en autos ACTA del Pleno municipal de 26 de Julio de 2019».

También solicitan que «se de trasladado al Ministerio Fiscal a los efectos legales oportuno».

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El Ayuntamiento de Cartagena no atiende las solicitudes de información remitidas

LasNoticiasRM trasladó al gabinete de prensa municipal y alcaldía sendas solicitudes de información interesándonos por la posición del Ayuntamiento y los implicados acerca de este recurso.

A la fecha de publicación de esta información no se ha recibido respuesta alguna.

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