Revocado el concurso necesario del Real Murcia: el juzgado otorga tramitación preferente a su plan de reestructuración

Revocado el concurso necesario del Real Murcia: el juzgado otorga tramitación preferente a su plan de reestructuración

La magistrada estima el recurso del club grana, aplica la Ley Concursal reformada y deja sin efecto la solicitud concursal promovida por el Málaga CF

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La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Murcia ha dictado auto por el que revoca la admisión a trámite del concurso necesario instado por el Málaga Club de Fútbol, S.A.D. contra el Real Murcia Club de Fútbol, S.A.D., y acuerda otorgar tramitación preferente a la solicitud de homologación del plan de reestructuración presentada por este último el 9 de diciembre.

La resolución, dictada por la magistrada titular de la plaza nº 1, estima el recurso de reposición interpuesto por el Real Murcia frente al auto de diciembre que había admitido inicialmente la solicitud concursal formulada por el club malagueño en su condición de acreedor.

El tribunal fundamenta su decisión en que la solicitud de homologación del plan de reestructuración fue presentada con anterioridad a la admisión formal del concurso necesario, resultando de aplicación lo dispuesto en el artículo 636.2 del Texto Refundido de la Ley Concursal, tras la reforma operada por la Ley 16/2022, que configura los planes de reestructuración como instrumentos autónomos y diferenciados del procedimiento concursal.

Asimismo, el auto descarta que la pérdida de los efectos derivados de la comunicación de apertura de negociaciones (preconcurso) impida el acceso del deudor a los mecanismos de reestructuración, al tratarse de consecuencias limitadas a los supuestos expresamente previstos en la ley.

La magistrada rechaza igualmente la existencia de litispendencia o incompatibilidad procesal entre el concurso necesario y el procedimiento de homologación del plan, al no concurrir identidad de objeto, causa ni finalidad, recordando que mientras el concurso persigue la satisfacción ordenada del pasivo, los planes de reestructuración tienen como finalidad asegurar la continuidad de empresas viables en situación de dificultad financiera.

Aunque no entra a valorar la existencia de insolvencia actual, el auto recuerda que la declaración de concurso necesario exige la acreditación de hechos externos reveladores, no siendo suficiente la mera alegación de pérdidas contables o desequilibrios patrimoniales, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo.

En consecuencia, la Sección de lo Mercantil acuerda dejar sin efecto la admisión del concurso necesario promovido por el Málaga CF y ordenar la tramitación preferente del procedimiento de homologación del plan de reestructuración del Real Murcia, sin prejuzgar el resultado del mismo ni las consecuencias derivadas de una eventual frustración del plan.

Contra el presente auto no cabe recurso.

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