ANPE logra que una madre de familia monoparental disfrute de 16 semanas de su permiso por madre biológica, MÁS, otras 16 semanas del permiso de progenitor diferente a la madre biológica, evitando así que se vulnere el principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución y el artículo 39.2 de dicha norma que consagra la primacía del interés y protección de los hijos menores.
En el presente comentario deseamos exponeros un caso que ha sido defendido por la asesoría jurídica del sindicato ANPE Murcia que resulta novedoso y que puede servir de ayuda para eliminar los inmerecidos, pero todavía existentes obstáculos que la mujer encuentra en el desarrollo de su labor docente por el simple hecho de ser mujer y decidir ser madre.
En este supuesto, una de nuestras afiliadas, familia monoparental (conformada exclusivamente por su hijo y ella misma) disfrutó de su permiso de maternidad y a continuación del de lactancia, solicitando a la finalización del mismo poder ser beneficiaria de la ampliación de su permiso de maternidad por el plazo de 16 semanas contemplado para el permiso previsto a favor del progenitor diferente de la madre biológica, conforme al art. 49 del TREBEP (Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público) y los artículos 163 y 164 de la Orden de 29/6/2021 de la Consejería referida. Esta última solicitud fue denegada por la Consejera de Educación y Cultura de la Región de Murcia alegando que nuestra afiliada exclusivamente tenía “derecho a 16 semanas de permiso por maternidad como “madre biológica”, siendo las 16 semanas adicionales solicitadas por la docente un derecho reconocido para el progenitor distinto de la madre biológica” (discriminación en relación a las familias con dos progenitores).
Dada esta denegación, el letrado de ANPE formuló recurso judicial ante la jurisdicción contenciosa impugnando dicha decisión, conociendo del recurso uno de los Juzgados de lo Contencioso de la ciudad de Murcia. El procedimiento judicial se inició con escrito por el que se accionaba el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales y se solicitaba asimismo la medida cautelar consistente en que mientras durase dicho procedimiento judicial se posibilitase disfrutar a la afectada del referido permiso previsto a favor del progenitor diferente de la madre biológica por el plazo de 16 semanas; en este escrito se alegaba que la actuación de la Consejería había supuesto una vulneración, entre otros preceptos, del principio de igualdad del artículo 14 nuestra Constitución y del artículo 39.2 de dicha norma que consagra la primacía del interés y protección de los hijos menores.
El Juzgado encargado del enjuiciamiento del asunto resolvió favorablemente la medida cautelar solicitada por ANPE, es decir, el disfrute del segundo permiso, del 22 de febrero de 2022 al 13 de junio de 2022, tras la finalización de las primeras 16 semanas que se iniciaron el día del alumbramiento (2 de noviembre de 2022). Motivándose dicha decisión, entre otras fundamentaciones, en que “la denegación de la pretensión deducida incide tambiénen la igualdad entre mujeres y hombres, en cuanto queocasiona una discriminación indirecta por razón del sexo,pues una disposición aparentemente neutra, en este caso elartículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público,sitúa a determinadas personas, mayoritariamente mujeresque forman familia monoparental, en desventaja particular,no encontrándose justificación objetiva alguna”.
Ante esta decisión adoptada por el Juzgado, la Consejería de Educación rectificó su primera decisión denegatoria, concediendo lo reclamado por ANPE, cambiando así su criterio y pasando a reconocer a nuestra afiliada el permiso previsto a favor del progenitor diferente de la madre biológica por el plazo de 16 semanas. Dada esa respuesta de la Consejería, se procedió al archivo del procedimiento judicial inicial dado que la cuestión discutida que se había sometido al enjuiciamiento del Juzgado ya no existía (al haber acordado la Consejería extrajudicialmente aquello que se había solicitado al juez que concediera a través de una sentencia).
Otro nuevo éxito de ANPE Murcia en defensa de los derechos de los docentes murcianos. Como siempre, desde ANPE seguimos luchando por los derechos de nuestros afiliados buscando especialmente que se elimine cualquier tipo de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.