ANPE celebra victoria judicial que refuerza los derechos de maternidad para docentes interinas en la Región de Murcia

Y muestra su perplejidad ante el nulo avance en el desarrollo del diseño de la profesión docente

En la Mesa celebrada, la propuesta de estabilización para acabar con la temporalidad en el ámbito de la educación pública que presenta el Ministerio de Educación y FP muestra una serie incógnitas procedimentales y jurídicas. ANPE alerta, una vez más, de la necesidad de contar con todas las garantías y avales jurídicos necesarios.

Siempre hemos considerado que es una prioridad dar respuesta a la situación de inestabilidad en la que se encuentra el personal docente interino. La crisis originada a partir de 2008 introdujo durante años la tasa de reposición de efectivos incluso reduciéndola de manera muy significativa, lo que frustró las posibilidades de acceso a la función pública de estos docentes. Ello ha provocado un alto porcentaje de empleo inestable en los centros de enseñanza pública, lo que precariza el empleo docente y perjudica la calidad de la enseñanza.

Por ello, el procedimiento que se adopte debiera contar con la necesaria garantía y seguridad jurídica, algo que, a nuestro juicio, puede no ocurrir pues como hemos reiterado en más de una ocasión, se está intentando aplicar un sistema de estabilización que fue diseñado para otras administraciones con realidades totalmente distintas del ámbito educativo.

Para ANPE, nos encontramos ante un capítulo más de la aplicación del concurso de méritos, que obliga a realizar la Ley de estabilidad, en los términos pactados en su día mediante acuerdo con algunas organizaciones sindicales que derivó en la promulgación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y que se pretende llevar a cabo en el sector docente sin apenas tener en cuenta las características específicas del mismo. Un sistema acordado fundamentalmente para plazas de otros colectivos de empleados públicos, y que mucho nos tememos, pueda tener fatales consecuencias en la estabilidad del profesorado de determinados cuerpos y especialidades.

«Ya venimos advirtiendo de lo problemático y de las serias dudas que nos plantea su aplicación en el sector docente sin esas necesarias adaptaciones que no se tuvieron apenas en cuenta en el RD 270/2022, que recordemos, es la base legal del Acuerdo de aplicación del sistema de concurso de méritos aquí presentado, y que deja muy poco margen de cambio en este momento», señala el presidente Nacional de ANPE, Francisco Venzalá.

Consideramos fundamental que el proceso ha de acometerse con transparencia y garantizar que se oferten todas las plazas vacantes susceptibles de formar parte del procedimiento y se evite la posible arbitrariedad por parte de las comunidades autónomas. Por ello hemos trasladado nuestra discrepancia con la forma en la que se han calculado en las distintas comunidades autónomas las plazas susceptibles de ser ofertadas en este concurso de méritos, aplicando criterios muy desiguales, lo que nos lleva a pensar que, o bien no cumplieron anteriormente con los procesos de estabilización al aprobar sus respectivas ofertas de empleo público, o bien no lo han cumplido ahora. Esta circunstancia, además de las desigualdades generadas entre los territorios, cobra mayor relevancia pues nos encontrarnos ante un sistema de concurso de méritos, que se ha de convocar a nivel estatal, donde habrá aspirantes de todo el Estado participando en todas las plazas que deseen, al margen de que la Comunidad Autónoma de origen haya convocado o no plazas de su cuerpo y/o especialidad.

En definitiva, para ANPE este sistema de concurso de méritos plantea muchos interrogantes, tanto jurídicos como de procedimiento, que de no ser corregidos y aclarados provocará que el proceso de estabilización que se pretende no sólo no se logre y pudiera desembocar en una importante decepción para el profesorado interino respecto a las expectativas inicialmente generadas por la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, sino que en un futuro muy cercano, se pueda generar una gran controversia jurídica que abarque desde una posible anulación judicial de los procedimientos que se realicen, hasta la pérdida del puesto de trabajo por parte de los participantes, que no podemos olvidar llevan muchos años ocupando determinadas plazas y desempeñando su trabajo como interinos «por obligación» ante la escasa o nula oferta de plazas de su especialidad convocadas por las distintas Administraciones Educativas. Por ello siempre hemos abogado por amplias ofertas de empleo público eliminando las limitaciones impuestas por la tasa de reposición, lo que posibilitaría una reducción de la tasa de interinidad futura por debajo del 8%.

Ante la pasividad mostrada por el Ministerio, ANPE ha trasladado su perplejidad ante el nulo avance en el proceso de negociación del nuevo diseño de la profesión docente. Consideramos imprescindible el desarrollo de la Disposición Adicional Séptima de la LOMLOE para consensuar un nuevo diseño de la profesión docente que contemple un nuevo sistema de ingreso más objetivo y adaptado a la actual realidad educativa y social