El informe de la Inspección de Trabajo incide en que Ferrovial Servicios pudo no comprometer su estructura empresarial, aportando los medios materiales necesarios para la ejecución del objeto de la contrata; no ejerciendo de forma real y efectiva sus facultades de organización y control; y siendo la empresa principal (CARM) quien asumió ambas obligaciones
En el día de ayer desvelamos que López Miras permitió el incumplimiento reiterado del contrato del sistema de Gestión de Emergencias 112, pudiendo actuar en connivencia con la adjudicataria del servicio, Ferrovial Servicios SA, según un informe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Murcia (IPTSS).
El informe fechado el pasado 28 de marzo de 2019 indica constantes y continuados incumplimientos por parte de Ferrovial Servicios SA, de los que tiene pleno conocimiento en todo momento el Gobierno de López Miras.
Durante los próximos días vamos a desgranar todos estos incumplimientos que evidencian la total falta de control por parte del Gobierno regional sobre un servicio esencial como es el del 112, hasta el punto que asumieron gastos que le correspondían a la adjudicataria y que venían debidamente especificados en los pliegos de la licitación.
Ferrovial Servicios SA debía proveer un local y cubrir todos sus gastos para prestar el servicio
Según el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) elaborado para la contratación del Servicios de Explotación Operativa de Llamadas del 112 de la CARM, el adjudicatario estaba obligado a «ejecutar el contrato en sus propias dependencias e instalaciones, salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades adscritas a la Consejería».
Continúa el PPT indicando que en el caso excepcional de prestar los servicios en dependencias de la administración pública, «la empresa ocupará espacios diferenciados del que ocupan los empleados públicos».
El informe de la IPTSS indica que tras «analizar toda la documentación aportada tanto por la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias, como por la empresa Ferrovial Servicios, S.A, en relación a los medios materiales con los que cuenta ésta última para la prestación del servicio de explotación operativa de llamadas del 112 de la CARM», la titularidad de las instalaciones es de la CARM, en contra de lo que dictaba el PPT.
«La titularidad de las instalaciones en las que se ubican los puestos de trabajo ocupados por los trabajadores de la empresa Ferrovial Servicios S.A (Jefatura de Explotación, operadores de atención de llamadas, supervisores, coordinadores, técnicos de formación, calidad y protocolos), así como del resto de puestos que componen el Centro de Coordinación de Emergencias (CECARM); corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia«, indica el informe.
En la página 36 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCA) de la licitación también se señalaba expresamente que «la empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones, salvo que, excepcionalmente sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades adscritas a la Consejería, esta excepción, así como la justificación motivada de esa necesidad se indicará en el Anexo I al presente pliego».
Pese a todo ello, el informe refleja que «no se acredita por parte de la empresa Ferrovial Servicios S.A. que disponga de instalaciones propios destinadas a la ejecución del servicio adjudicado», algo que pone de manifestó el incumplimiento por parte de la empresa para con sus obligaciones contractuales.
La Inspección de Trabajo ahonda en este aspecto y añade que «tampoco consta autorización expresa por parte de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias para que los trabajadores de la empresa adjudicataria utilicen las instalaciones del Centro Directivo».
Y continúa indicando que «consultado el Anexo I del PCA, no se justifica tampoco la necesidad de que la empresa adjudicataria utilice las dependencias públicas objeto de la actuación inspectora para la ejecución de las tareas que componen el Servicio de Explotación Operativa de Llamadas del 112 de ala CARM».
Todo lo anterior con el agravante de que en la página 31 de la oferta de servicios presentada por Ferrovial Servicios SA, se indicaba expresamente que ésta «pondrá a disposición del 112, de estimarlo adecuado y oportuno el propio 112, un local en el término de la Región de Murcia, localizado en el lugar que se disponga por la dirección del 112 en base a las contingencias de terremotos, incendios, etc. Dicho local estará equipado con 15 puestos de trabajo (PC+silla+cascos) para que pueda servir como back-up. El 112 de Murcia aportará las comunicaciones y programa informático»
La inspección también solicitó a la empresa Ferrovial Servicios S.A. contrato que acreditara el arrendamiento de las instalaciones utilizadas v cuya titularidad corresponde a la CARM, pero la empresa no aportó «documento contractual alguno. ni factura acreditativa de la utilización de las instalaciones en concepto de cesión o arrendamiento».
Todos los hechos relatados fueron continuados en el tiempo desde el inicio del servicio en diciembre de 2016, y hasta noviembre de 2020.
El Gobierno regional permitió los incumplimientos
López Miras sabía de la situación de servicio del 112 dado que en noviembre de 2017 los trabajadores del servicio del 112 realizaron una protesta a las puertas de San Esteban para denunciar la precariedad del servicio, recortes y despidos.
Además, el servicio, como explica el informe de la Inspección de Trabajo, se estaba prestando en dependencias de la administración regional, algo totalmente en contra a lo indicado en los pliegos de la licitación.
Pese a todas las evidencias, y protestas de los trabajadores, Fernando López Miras y su equipo no hicieron nada para hacer cumplir el contrato. Es más, como explicaremos mañana, este servicio le supuso importantes costes económicos a la administración regional por tener que asumir los gastos relativos a las instalaciones y su mantenimiento.