El Grupo Municipal PSOE de Molina de Segura ha presentado alegaciones a la modificación de la ordenanza de la tasa de la basura propuesta por el Gobierno PP y VOX que supone un incremento de más del 50% en hogares
El pasado 27 de noviembre fue aprobado en pleno de forma provisional este expediente y los concejales socialistas han registrado su protesta en el plazo de exposición para “frenar una subida que ni si quiera está avalada por un estudio de costes y que va a afectar no solo a familias, también a comercios y empresas”, señala la portavoz, Isabel Gadea.
“Nos encontramos ante una ordenanza que no cumple con el principio de que quien contamina paga, como establece la ley, y que aplica subidas de forma caprichosa sin tener en cuenta ningún criterio, los criterios son totalmente discrecionales. Una subida precipitada que supone un perjuicio a los vecinos de Molina de Segura. Queremos frenar este despropósito del nuevo gobierno del PP y VOX”, continua Gadea.
En el documento presentado por el PSOE se recoge que el estudio técnico-económico que fundamenta la modificación de la Tasa de referencia resulta insuficiente y contrario a la normativa de aplicación, dado que el expediente de modificación de la tasa contiene informes que cuestionan y desacreditan el estudio técnico económico.
El informe relaciona en las consideraciones jurídicas la consecuencia inmediata de la aplicación del artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (LRSC): el principio de “quien contamina paga” y el plazo de 3 años para que las entidades locales establezcan una tasa que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, pudiendo tener en cuenta, entre otras, sistemas de incentivos al reciclaje y reducciones a personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión social.
También se destaca que la “la distribución no puede ni debe ser lineal; más aun cuando el artículo 11 de la citada Ley 7/2022, reconoce el principio quien contamina paga” y se establece que “no disponiendo de un sistema que permita individualizar el volumen de residuos generados por cada usuario, ya que actualmente la recogida se realiza a través de contenedores colectivos en todo el ámbito municipal, tanto en las zonas residenciales como industriales, estableceremos criterios estimativos, sin perjuicio de que posteriormente se puedan implantar otros sistemas.”
En cuento a empresas, las alegaciones presentadas por los socialistas, recuerdan que “se verifica la discriminación de unas actividades económicas sobre otras según su situación geográfica, de forma que una actividad será gravada con mayor tasa por estar ubicada en zonas de residenciales (urbana) o en polígono industrial”.
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