CCOO asegura que parte del reglamento, ejecutado unilateralmente por el Concejal Delegado de Recursos Humanos, Modernización y Comunicación, es un retroceso en los derechos laborales conquistados
CCOO denuncia que en el artículo 8 del Reglamento de Uniformidad e Imagen de la Policía Local de Alcantarilla prohíbe objetos de uso cotidiano sin una justificación razonada. Según éste reglamento:
. Los integrantes del cuerpo deberán presentar una prescripción facultativa para poder utilizar gafas de protección solar en atención a la naturaleza del acto o en lugares cerrados. Además, en caso de portarlas y no utilizarlas deberán llevarse en un lugar discreto.
. Los policías locales “no adoptarán posturas o realizarán gestos contrarios al decoro propio de la dignidad del puesto de trabajo o que causen mala imagen del Cuerpo o del Ayuntamiento”, sin que quede claro que puede significar o a que posturas se refiere el citado artículo pudiendo ser un cajón de sastre peligroso a la hora de sancionar conductas de manera arbitraria.
. Queda prohibido introducir el pantalón en el interior de las botas, sin que de ello quede claro que tipo de protección para los trabajadores puede significar dicha premisa.
. En orden a mantener una imagen personal adecuada a la función policial que se representa, se adoptaran las siguientes medidas:
1.- El cabello deberá llevarse debida y ordinariamente aseado.
2.- El personal uniformado irá bien afeitado. El corte de pelo dejará ver la totalidad de los pabellones auditivos, sin ocular el cuello de la camisa o jersey. En caso de llevar barba, bigote o patillas deberán llevarse aseadas y arregladas, evitando que la barba oculte el nudo de la corbata, en su caso, por evidentes motivos de seguridad.
3.- El personal uniformado usará un peinado que no impida que la cara este completamente despejada o visible. En caso de llevar pelo largo, este deberá ir recogido con un prendedor de color negro o azul marino.
4.- Por motivos de seguridad personal, no se permite el uso de pendientes con la uniformidad ni otro tipo de complementos de joyería o bisutería, “piercings” o similares, en zonas corporales visibles al público en general, así como pulseras de cualquier tipo.
5.- Con carácter general, el cabello podrá ser tintado con colores naturales. No estará permitido el uso de ningún elemento que pueda ser considerado indecoroso o contrario a la imagen que debe y se quiere transmitirá los ciudadanos de la organización policial.
El sindicato CCOO, no comprende por qué el Ayuntamiento de Alcantarilla ha redactado este Reglamento de forma anacrónica y, lo más grave, haberlo aprobado sin ser negociado con los policías, es decir adopta decisiones de forma unilateral que deben ser negociadas y acordadas con la representación sindical. El Ayuntamiento pretende justificarlo basándose en la prevención de riesgos laborales, pero no lo negocia con la parte social.
Por todo ello desde CCOO vamos a presentar un recurso y le pedimos al Ayuntamiento de Alcantarilla que retire este Reglamento y se siente a negociar un documento acorde a una Policía del siglo XXI
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