Se reconocen los períodos de excedencia por cuidado de hijo menor para el cómputo de los 255 días del pago de verano
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Murcia, ha notificado hoy una sentencia fechada el 7 de marzo de 2024, estimatoria del recurso presentado por el Sindicato Independiente de Docentes SIDI, en el que solicitábamos que nos se discriminara a los docentes interinos y que se considerara como trabajado sus periodos de excedencia por cuidado de hijos a efectos de que se les abonaran los meses íntegros de vacaciones de julio y agosto.
Lo que suponía una evidente discriminación para este colectivo además de que se penalizaba la maternidad y la conciliación de la vida personal y familiar.
Es la primera sentencia en este sentido dictada por el órgano judicial superior de esta Comunidad Autónoma.
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