► El Consejo Jurídico de la Región de Murcia dictamina que es “procedente declarar la nulidad de pleno derecho del acto de adjudicación verbal de un contrato menor para la realización de obras de urgencia en el Museo de los Caballos del Vino de Caravaca de la Cruz” por carecer de todas las garantías legales
► Según el dictamen al que ha tenido acceso LasNoticiasRM la propia Junta de Gobierno del consistorio caravaqueño admite que el contrato fue “celebrado sin contar con la correspondiente existencia de crédito y sin haberse seguido el procedimiento legalmente establecido”
El pasado mes de mayo llegó al Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz una factura por valor de 12.903,92 euros de la empresa Salazar Materiales SL como consecuencia de unas obras de urgencia encargadas por el consistorio caravaqueño en la antigua bodega situada en la Casa-Museo de los Caballos del Vino con motivo de “la reparación de la fachada trasera del museo, debido al mal estado en que se encontraba y al riesgo que existía de caída a la vía pública”.
Hasta aquí todo sería normal si no fuera porque el propio Ayuntamiento de Caravaca ha admitido que ese encargo de realizó de manera ilícita sin ninguna base legal y por ello la Junta de Gobierno Local, en su reunión del pasado 3 de enero, resolvió el “iniciar un procedimiento de revisión de oficio para declarar la nulidad de pleno derecho de un contrato celebrado sin contar con la correspondiente existencia de crédito y sin haberse seguido el procedimiento legalmente establecido”.
En ese mismo acto se decide, tal como marca la legislación vigente, remitir al Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) el expediente para que dictamine acerca del procedimiento y su validez legal.
Un encargo verbal sin base jurídica
Según relata el dictamen al que ha tenido acceso LasNoticiasRM, el contrato carece de base legal, se realizó “sin contar con la correspondiente existencia de crédito y sin haberse seguido el procedimiento legalmente establecido” además de que se “trata de un contrato de obras cuyo objeto se ha fraccionado en diversos contratos con la finalidad de eludir los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan”.
El CJRM entiende que “el gasto se ejecuta sin respetar los procedimientos legalmente previstos en la LCSP. Y que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1 LCSP en concordancia con el 47.1,e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), se incurre en un supuesto de nulidad de pleno derecho“.
Además advierte que “no existía crédito adecuado y suficiente cuando se recibió la factura, por lo que el contrato se ejecutó sin contar con la correspondiente consignación presupuestaria. Y se recuerda que el artículo 39.2,b) LCSP establece que son nulos de pleno derecho los contratos en los que concurra carencia insuficiencia de crédito”.
Omisión de función interventora
Otro de los detalles importantes y trascendentes de toda esta situación es que el pasado 13 de noviembre de 2023 el interventor municipal emite un “Informe de omisión de la función interventora“.
Y este punto es extremadamente grave puesto que, según los documentos remitidos por el Ayuntamiento de Caravaca al Consejo Jurídico, el consistorio caravaqueño realizó el contrato impidiendo la fiscalización del Intervención Municipal.
Contrato ilegal que ahora pretenden no pagarlo en su totalidad
Otro de los extremos que requieren de un análisis con detalle es el hecho de que el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, en su procedimiento de nulidad del contrato ilegal encargado a la empresa Salazar Materiales SL, pretende no abonar el total de la factura a la mercantil por los trabajos que efectivamente se han realizado.
El consistorio carvaqueño pretendía eliminar del total de la factura el “beneficio industrial” de la empresa algo que el CJRM deniega dado que la empresa no ha actuado con malicia o a sabiendas de que lo que hacía no era correcto, dado que simplemente atendió el encargo de la administración local en los términos que le fue solicitado, entendiendo que el ayuntamiento actuaba dentro de la legalidad, algo que se ha demostrado no ser así.
EL CJRM confirma la ilegalidad
El Consejo Jurídico de la Región de Murcia, en sesión celebrada el día 16 de abril de 2024, examinó el expediente remitido en petición de consulta por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, Jose Francisco García Martínez, y dictaminó que efectivamente el contrato es ilegal.
Las conclusiones del CJRM son meridianamente claras e indican que “se dictamina favorablemente la propuesta de resolución en tanto que en ella se entiende procedente declarar la nulidad de pleno derecho del acto de adjudicación verbal de un contrato menor para la realización de obras de urgencia en el Museo de los Caballos del Vino de Caravaca de la Cruz, por concurrir las causas previstas en los artículos 47.1,e) LPAC, en virtud de la remisión efectuada por el artículo 39.1 LCSP, y 39.2,b) LCSP, en relación con el 173.5 TRLHL”.
Además desestima pretensión del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz de no pagar la totalidad de la factura a la empresa afirmando que “se dictamina desfavorablemente la propuesta de resolución en lo que se refiere a la exclusión del beneficio industrial en la restitución que hay que llevar a cabo, porque procede abonarlo y, en consecuencia, el total de la prestación que realizada por la contratista”.
CJRM abre la puerta a responsabilidades penales
Finalmente el CJRM incide en que “conviene recordar que el reconocimiento y abono de la restitución que procede para evitar el enriquecimiento injusto de la Administración municipal no exime de exigir las responsabilidades en que hayan incurrido, en su caso, los funcionarios y las autoridades que hayan participado en la actuación contraria a Derecho“.
Es decir, que independientemente de que el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz finalice el procedimiento de nulidad del contrato ilegal realizado, este ha tenido unas consecuencias legales e insta al consistorio a que exija las responsabilidades penales de las personas responsables del encargo carente de las garantías jurídicas establecidas en la legislación actual.
El Ayuntamiento guarda silencio
Desde LasNoticiasRM se ha contactado con el alcalde Caravaca de la Cruz, José Francisco García Fernández, para conocer su versión de los hechos, quien nos ha estado evitando toda la mañana poniendo la excusa de que estaba ocupado y no podía atendernos.
También hemos intentado hablar con la Concejal de Contratación, Mónica Sánchez, que al igual que el alcalde ha estado esquiva y ni tan siquiera ha admitido que recordara el contrato por el que le estábamos preguntando.
Ambos se habían comprometido a contactar con nuestra redacción para darnos las explicaciones oportunas, pero al momento de la publicación de esta información no se ha recibido ninguna comunicación.
El alcalde reacciona tras la publicación de esta información
“El alcalde ha cumplido con su función en todo momento”. Con estas palabras ha zanjado el asunto José Francisco García, alcalde de Caravaca de la Cruz, visiblemente molesto con la información.
A las preguntas en relación a quién ordenó los trabajos y quién contrató los servicios se ha negado a responder volviendo a repetir que había cumplido con su función en todo momento, pese a que se refería al procedimiento de nulidad del contrato, pero en ningún momento ha querido expresar los motivos que han llevado al consistorio a esta situación.