► Salvador Pérez resulta ganador del proceso de licitación iniciado por el Ayuntamiento de San Javier, que sospechosamente incluía requisitos muy concretos y fue denunciado a la Fiscalía por la Asociación Preeminencia del Derecho
► Los criterios de adjudicación tenían un gran parecido con el currículum de Salvador Pérez, contratado previamente vía contrato menor para la interposición del escrito de recurso y la solicitud de medidas cautelares
El pasado viernes 5 de abril fue publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el acuerdo de iniciación del expediente de contratación para la Asistencia Letrada para Recurso Contencioso-Administrativo Expediente 1419/2022, más conocido como ‘caso Aqualia’.
Según se expone en dicho documento “El Ayuntamiento de San Javier tiene la obligación legal de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos, siendo una de ellas la de interponer recurso contencioso-administrativo contra la Resolución 1596/2023 de 14 de diciembre de 2023, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, ya que la anulación del acuerdo de adjudicación conlleva graves perjuicios para el municipio de San Javier”.
El Ayto. de San Javier busca otro gabinete jurídico pese a tener uno ya contratado
Llamaba la atención que en el acuerdo de iniciación del expediente de contratación se hace referencia a que el Ayuntamiento de San Javier ya dispone de un contrato vigente para la defensa letrada y el ejercicio de acciones judiciales adjudicado a la empresa Decisio Consulting SL “pero en modo alguno puede amparar un pleito de estas características, no solo por su cuantía, que ya lo configura como el más importante para el municipio de toda su historia, sino también por su nivel de especificidad y dificultad”.
En otras palabras, el despacho de abogados contratado de forma habitual por el consistorio parece que solo sirve para asuntos menores, según el criterio del Ayuntamiento de San Javier, pese a que en la página web de la empresa afirman tener “más de 30 años de experiencia en el ejercicio de la Abogacía en ámbitos relacionados con el Sector Público“.
La licitación fue denunciada a la Fiscalía
El pasado 15 de abril La Asociación Preeminencia del Derecho, representada por el abogado José Luis Mazón, presentó una denuncia ante la Fiscalía Superior de la Región de Murcia contra los contratos propuestos por el Ayuntamiento de San Javier, uno menor ya adjudicado y una licitación en proceso de adjudicación, por considerar que existe un “fraccionamiento de contrato de defensa jurídica”.
Según la denuncia, a la que tuvo acceso en exclusiva LasNoticiasRM, “el ayuntamiento de San Javier ha utilizado el fraccionamiento del expediente en contratos menores” afirmando que el contrato es “una trampa, puesto que el contrato ha sido dividido en dos partes, la primera parte para que la cantidad sea inferior a 18.000 euros para poder acceder a esa adjudicación y la otra parte el resto de la cantidad demandada y resto al pleito”.
“Los datos han sido publicados en la Plataforma de contratación del Sector Público, en el que se ve el presupuesto base de licitación sin impuestos que asciende a 190.000 euros” se explica en la denuncia, que adjunta un extracto de la información publicada por LasNoticiasRM el pasado 9 de abril donde se informaba de la publicación de la licitación y las sospechosas condiciones de la misma.
Mazón asegura en el escrito dirigido a la Fiscalía que “el caso relatado es aplicable a la situación actual que estamos denunciando puesto que a través de un contrato menor se ha garantizado el ayuntamiento de otorgar el contrato al letrado, haciendo dos contratos separados uno para que lleve el recurso y otro la demanda“.
El denunciante hace especial énfasis en el informe realizado por el Ayuntamiento de San Javier para declarar la licitación sin división en lotes pese a que “la NO división en lotes es justamente lo que no han hecho, faltando en primer lugar a lo pactado, ya que finalmente han fraccionado el trabajo del abogado todo con el objetivo de evitar los trámites legales que lleva adjudicar un contrato público”.
“Dados los hechos anteriormente relatados, queda claro que el ayuntamiento de San Javier comete un delito de libro al efectuar una licitación burlando todas las normas legales para darle el encargo de 160 mil euros a un abogado de la familia del PP, el partido en el gobierno”, continúa Mazón en su denuncia.
Y finalmente pide a la Fiscalía que abra “caso penal contra esta burda y delictiva práctica donde el abogado es el extrañeus de la prevaricación, se han concertado para dárselo a él y posiblemente con alguna comisión clandestina en favor de un tercero cuál novio de la Ayuso” en base a la comisión de un “posible delito de de prevaricación del art 404CP, por irregularidades en adjudicar el contrato público, por fraccionamiento de contrato de defensa jurídica con foto robot del adjudicatario“.
El abogado Salvador Pérez se lleva el contrato
El pasado 27 de junio fue adjudicado el contrato para la defensa del ‘Caso Aqualia’ a Salvador Pérez, tal como se preveía.
Fuentes municipales han indicado a LasNoticiasRM que «no es ninguna sorpresa, desde el principio el elegido era Salvador Pérez, eso sí, han tenido que sacarse de la manga una regla no expuesta en el pliego de condiciones para darle el contrato».
Pérez ha resultado ser el adjudicatario de la licitación gracias a que la plantilla de su despacho, compuesta de 3 personas, todas son mujeres.
El Ayuntamiento de San Javier ha invocado el artículo 147.2, apartado c, de la Ley de Contratos del Sector Público que indica:
En defecto de la previsión en los pliegos a la que se refiere el apartado anterior, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
- a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
- b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
- c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
- d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.