Ecologistas en Acción denuncia la falta de control sobre el origen del agua utilizada para regar campos de golf y demanda una auditoría detallada a los 22 campos de golf existentes en la Región de Murcia

En la Región de Murcia se disparó la construcción de campos de golf como reclamo para la venta de urbanizaciones, lo que, junto a otros impactos sobre el territorio, la biodiversidad y el paisaje, ha agravado la grave escasez de agua existente en la Región de Murcia. Los 22 campos de golf existentes en la Región de Murcia equivalen al abastecimiento humano de más de 200.000 habitantes

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Pese a que la normativa en la Región de Murcia obliga a que se rieguen con aguas depuradas, lo cierto es mayoría de los recursos hídricos proceden de las aguas subterráneas, como se ha mostrado con la reciente operación de la Guardia Civil al destapar numerosos pozos ilegales para el riego del campo de golf de un resort en Lorca.

En la Región de Murcia se pretende justificar la autorización de los campos de golf obligando a que se rieguen exclusivamente con recursos procedentes de la depuración de aguas residuales, habitualmente la depuradora adscrita a la propia urbanización del campo de golf. Sin embargo, esta autorización del golf sobre la base del uso de aguas residuales depuradas es mero maquillaje por varios motivos: en primer lugar, las urbanizaciones no generan el suficiente volumen de aguas residuales depuradas que necesitan los campos de golf, que asciende a unos 500.000 metros cúbicos anuales para un campo de golf de 18 hoyos. Además, las autorizaciones se realizan contando con las aguas depuradas correspondientes a una ocupación plena de la urbanización y con el máximo de habitantes los 365 días del año, lo cual no es en absoluto realista.

En primer lugar, las urbanizaciones podrían abastecer las necesidades hídricas del campo de golf, en el mejor de los casos, bajo una hipótesis de máximo rendimiento, normalmente considerando una ocupación plena de todas las viviendas previstas por al menos 3 habitantes por vivienda y durante todos los días del año. Esta hipótesis de máxima ocupación es evidentemente poco realista, dado que ni siquiera en urbanizaciones consolidadas cabe aplicar un valor medio de ocupación anual e interanual del 100%, por lo que la disponibilidad de aguas residuales será mucho menor a la máxima, que es la que aparece en los estudios de impacto ambiental.

En segundo lugar, esta hipótesis de pleno funcionamiento de la urbanización está completamente alejada de la realidad durante el largo periodo necesario para consolidar y saturar la ocupación efectiva de la urbanización, periodo durante el cual será imprescindible mantener el campo de golf con caudales alternativos, especialmente teniendo en cuenta que el fin principal del campo de golf es animar la venta de viviendas del resort urbano-turístico. Este periodo, que puede prolongarse durante muchas décadas, especialmente teniendo en cuenta la situación y perspectivas del sector de la segunda residencia, implica que no existen, durante muchos años, caudales de aguas depuradas para riego, pese a lo cual el campo de golf se sigue regando, dado que su buena apariencia constituye un elemento básico en la estrategia de marketing de las urbanizaciones.

En tercer lugar, incluso si los campos de golf se regaran realmente con aguas residuales depuradas, ello no supone solución alguna, porque se trata de unos recursos hídricos públicos que deben ser asignados por el organismo de cuenca (en este caso la Confederación Hidrográfica del Segura) y que, dada la situación generalizada de escasez hídrica de la cuenca debida sobre todo al exceso de demandas, deben destinarse de acuerdo con la prioridad de los distintos usos y los recreativos como el golf se hallan justamente en último lugar.

Por tanto, se está destinando un bien público como es el agua a un uso recreativo cuando existe escasez hídrica que afecta a otros muchos usos, todos ellos más prioritarios. En definitiva, la concesión de aguas residuales depuradas para regar campos de golf choca con el espíritu de la normativa vigente, que sitúa a los usos recreativos como los campos de golf a la cola de las prioridades y por tanto no deberían autorizarse tales concesiones, puesto que la normativa no establece excepciones a la prioridad de los usos según el tipo de recursos hídricos, sean superficiales, subterráneos, residuales o de otro tipo, dado que todos forman parte de los recursos hídricos públicos de la cuenca.

En todo caso, debido a lo señalado en cuanto a que las aguas depuradas de las urbanizaciones ligadas a los campos de golf son claramente insuficientes para el riego de los mismos, la realidad es que en la Región de Murcia la mayoría de los campos de golf no se abastecen de los caudales procedentes de las depuradoras ligadas a sus respectivas urbanizaciones.

Se trata en definitiva de un “agua de papel” que, en la práctica, o bien no existe, o bien constituye una parte mínima de las necesidades hídricas de los campos de golf, los cuales en general se están regando ilegalmente con aguas subterráneas.

El resultado final es la proliferación de campos de golf con el único objetivo de vender mejor las urbanizaciones a las que están asociados, a base de ocupar el territorio, generar impactos ambientales y sobreexplotar aún más los recursos hídricos de la cuenca, amparados por la cobertura legal de la administración regional (declaraciones de impacto que obligan a regar con aguas residuales depuradas) y de la Confederación Hidrográfica del Segura (que autoriza tales concesiones de aguas residuales para el golf), cobertura legal que choca con la realidad, puesto que la mayoría de campos de golf se riegan total o parcialmente con aguas subterráneas y no con residuales depuradas.

Se trata de riegos ilegales que en muchos casos generan o agravan la situación de acuíferos sobreexplotados, como lo demuestra la reciente operación de la Guardia Civil que ha destapado la existencia en Lorca (Región de Murcia) de un resort que durante 17 años ha estado regando su campo de golf con 15 pozos ilegales sobre un acuífero sobreexplotado y con 5 manantiales cuyos recursos han quedado apropiados también por el riego del campo de golf. Los daños ambientales se valoran inicialmente en unos 65 millones de euros. Cabe preguntarse cómo es posible que durante 17 años haya estado funcionando este campo de golf con unos recursos hídricos de procedencia completamente ilegal y que haya afectado gravemente a 5 manantiales, sin que la Confederación Hidrográfica del Segura se haya percatado de nada de esta situación.

El riego ilegal de este campo de golf en Lorca no es una excepción, ni mucho menos. Con toda probabilidad, la gran mayoría de los campos de golf existentes en la Región de Murcia se abastecen, de forma directa o indirecta, de aguas subterráneas, pese a no estar autorizado. La Confederación Hidrográfica del Segura ha de llevar a cabo una auditoría de todos y cada uno de los campos de golf para verificar, de forma empírica y verificable por parte de la ciudadanía, el origen del agua, su estatus jurídico, los volúmenes autorizados y los realmente captados y resto de cuestiones relativas al uso del agua en los campos de golf.

Por otra parte, no hay que olvidar que los campos de golf van siempre unidos a grandes resorts urbano-turísticos (los campos de golf son el reclamo para vender estos complejos residenciales), en los cuales, el consumo se aproxima a los 400 litros por persona y día, mientras que el consumo urbano per cápita habitual se sitúa en unos 120 litros por persona y día. Este consumo adicional del resort debe ser contabilizado también en la huella hídrica de los campos de golf.

Finalmente, el césped de los campos de golf necesita un uso intenso de herbicidas, insecticidas y fungicidas y grandes cantidades de fertilizantes, todo lo cual supone una importante fuente de contaminación de los acuíferos.

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