ECOLOGISTAS EN ACCIÓN PRESENTA ALEGACIONES A ORDENANZA BAJAS EMISIONES EN MOLINA DE SEGURA

Critica que el perímetro de la ZBE sea tan reducido y que no cumplirá los objetivos de la disminución de la contaminación atmosférica, mitigar el cambio climático y la pacificación del tráfico

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Ecologistas en Acción Región Murciana ha presentado un documento de Alegaciones sobre el proyecto de Ordenanza de Zonas de Bajas Emisiones al Ayuntamiento de Molina de Segura. Ecologistas en Acción critica el documento como un texto de trámite que no alcanza los verdaderos objetivos de la disminución de la contaminación atmosférica, mitigar el cambio climático y la pacificación del tráfico en el entorno urbano.

En el punto 17 de la Declaración de Emergencia Climática del Gobierno de España y el artículo 12.3, del anteproyecto de Ley de Cambio Climático y transición Energética presentado en el parlamento señalan que los municipios de más de 50.000 habitantes fomentarán la introducción en la planificación de ordenación urbana medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo el establecimiento de zonas de bajas emisiones no más tarde de 2023.

La ordenanza llega tarde y el Perímetro donde se configura la Zona de Emisión es reducido[1] y no cumple los objetivos de reducción significativa del numero de coches y de las emisiones del vehículo privado

En el proyecto ZBE de la almendra central de Molina no se plantea ninguna delimitación alternativa, ni se justifica con claridad y argumentos el motivo de esta delimitación. No está previsto la ampliación progresiva de la ZBE a una parte mayor o al conjunto de la ciudad. La delimitación de la ZBE en el municipio. nos parece poco amplia y sería necesaria su ampliación en el casco urbano

La ordenanza establece un período de seis meses sin sanciones y el Ayuntamiento ha incluido una Disposición transitoria única para establecer otro periodo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ordenanza, en el que los sistemas tecnológicos de control de acceso, circulación y estacionamiento a las ZBE permanecerán en período de aviso.

En definitiva, un año sin aplicar las sanciones, convertiría la ordenanza en una normativa inoperante y esta extensión del período sin sanciones sería claramente insuficiente para conseguir los objetivos que se pretenden. Nos parece muy largo el período de carencia para aplicar sanciones. En todo caso, proponemos mantener un periodo de aviso e información de la ordenanza durante seis meses desde su aprobación definitiva y, al mismo tiempo, diseñar una campaña de información pública en los medios de comunicación y redes sociales en este periodo.

Deben adoptarse también medidas de cooperación y coordinación entre municipios pertenecientes a una misma área metropolitana como es el caso del municipio de Murcia que también tiene la obligación del establecimiento de las ZBE.

Las ZBE de diseño más moderno se circunscriben a un área amplia dentro de la ciudad, o incluso la ciudad entera, y permiten la entrada a los vehículos que cumplen con los mejores estándares de emisiones. Algunas ciudades, como Milán, prevén restricciones mayores a medida que se hay disponibles en el mercado vehículos con dichos estándares de homologación, llegando a prever ya el fin de la entrada de los vehículos diésel. Madrid propone la restricción de la libre circulación a los vehículos que no sean de residentes o 0 emisiones, aunque lo aplica a un área pequeña.

Para lograr que las ZBE atajen el problema de la contaminación ambiental y las emisiones de CO2 deben estar acompañadas de otras medidas que fomenten la disminución del uso del vehículo privado: mejoras de calidad de los espacios urbanos y accesos peatonales, infraestructura ciclista y mejoras sustanciales en el transporte público.

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