CCOO logra que el juzgado reconozca el derecho al 100% de teletrabajo por conciliación en una empresa de atención telefónica

CCOO logra que el juzgado reconozca el derecho al 100% de teletrabajo por conciliación en una empresa de atención telefónica

La sentencia beneficia a casi un millar de trabajadores en la Región de Murcia y sienta un precedente en materia de conciliación laboral

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El Juzgado de lo Social nº 8 de Murcia ha fallado a favor de dos trabajadores de la empresa de atención telefónica ISGF, reconociendo su derecho a realizar el 100% de su jornada laboral en régimen de teletrabajo por motivos de conciliación familiar. Esta sentencia, promovida por los Servicios Jurídicos de CCOO Región de Murcia, establece además una indemnización de 6.000 euros por daños morales para cada uno de los demandantes.

Un conflicto laboral prolongado

El caso tuvo su origen en la negativa de la empresa ISGF, que cuenta con 950 empleados en la Región de Murcia (y 2.300 en total, considerando los centros de Alicante y Madrid), a adaptar la jornada laboral de los trabajadores pese a las razones familiares que presentaron. La empresa argumentó problemas organizativos, rechazando las solicitudes de teletrabajo.

La falta de acuerdo llevó a la plantilla a convocar tres jornadas de paros completos durante los meses de agosto, septiembre y octubre, denunciando no solo las trabas para la conciliación familiar, sino también otras condiciones laborales que consideraban injustas.

Sentencia ejemplar

El juzgado consideró que la negativa de la empresa suponía una vulneración de los derechos conciliatorios y que las circunstancias personales de los demandantes, así como la capacidad de la empresa para implementar el teletrabajo, justificaban plenamente esta medida.
La sentencia destaca:

“Estamos, por tanto, ante una situación familiar en la que el recurso de medidas de conciliación entre la vida familiar y laboral resulta más que justificado, y no solo por las circunstancias de la trabajadora, quien de manera solitaria debe afrontar y apoyar a dos hijos que dependen de ella, sino también por las dimensiones que tiene la empresa y por el número de empleados.”

Reconocimiento a los derechos laborales

El fallo no solo obliga a ISGF a permitir el teletrabajo, sino que también establece una indemnización por daños morales, subrayando el impacto que la negativa de la empresa tuvo sobre los trabajadores afectados, quienes tuvieron que acudir a los tribunales para hacer valer sus derechos.

Un precedente para el futuro

Según CCOO Región de Murcia, esta sentencia es un importante precedente que beneficia no solo a los trabajadores de ISGF, sino que también puede servir como guía en casos similares. La mayoría de los empleados de ISGF son teleoperadores subcontratados por multinacionales del sector telefónico y financiero, lo que resalta la relevancia de esta decisión judicial para un colectivo laboral amplio y vulnerable.

Valoración del sindicato

CCOO celebró este logro como una victoria en la lucha por garantizar los derechos laborales y la conciliación familiar. La organización espera que esta sentencia sirva como un mensaje claro para otras empresas: las necesidades de conciliación deben ser atendidas con seriedad y compromiso.

Con este fallo, el juzgado ha puesto fin a un conflicto laboral prolongado, marcando un camino hacia una mayor equidad en el ámbito laboral y reafirmando el derecho de los trabajadores a un entorno que respete sus circunstancias personales.

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