
La Justicia obliga al consistorio a indemnizar a Intramanga Turística por ocupar sin permiso más de 5.000 m² para instalaciones municipales
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Cartagena ha condenado al Ayuntamiento de San Javier a indemnizar con 400.420,13 euros a la empresa Intramanga Turística S.L. por la ocupación inconsentida de parte de un terreno de su propiedad situado en La Manga del Mar Menor. La sentencia, que ya es firme y cuya ejecución ha sido aprobada mediante decreto municipal, reconoce el derecho de la mercantil a ser compensada por el uso no autorizado de 5.425 m² de una parcela ubicada en el Polígono U de la localidad.
Según consta en la sentencia nº 191/2024, a la que ha tenido acceso LasNoticiasRM, la ocupación del terreno se produjo desde el año 2000 hasta junio de 2018 sin que existiera convenio alguno, procedimiento expropiatorio ni compensación por parte del consistorio. Durante todo ese periodo, el suelo fue utilizado para la instalación de servicios públicos municipales. La empresa interpuso su primera reclamación formal en julio de 2017, que fue ignorada por el Ayuntamiento, lo que motivó el posterior recurso contencioso-administrativo.
Una ocupación de 18 años sin título habilitante ni indemnización
El fallo judicial recoge expresamente que no existe ninguna duda sobre la ocupación ilegal ni sobre el derecho de la empresa a ser indemnizada, y recuerda que el propio letrado del Ayuntamiento reconoció la deuda en un informe técnico emitido en diciembre de 2019. En dicho informe se estimaba que procedía reconocer un crédito a favor de Intramanga Turística por valor de 400.420,13 euros, cantidad que ha sido finalmente asumida por el juzgado como principal de la indemnización.
Además del importe principal, el Ayuntamiento deberá abonar los intereses legales de demora, computados desde la fecha en la que se formuló la reclamación administrativa hasta el pago completo. La resolución judicial impone también las costas del procedimiento al consistorio, limitadas a 5.000 euros.
La sentencia subraya que la actuación del Ayuntamiento carece de cobertura legal y constituye una clara vía de hecho por parte de la Administración, lo que la convierte en una infracción del principio de legalidad y justifica la aplicación del régimen de responsabilidad patrimonial.
Ejecución provisional y reconocimiento del gasto por parte del Ayuntamiento
El decreto municipal, firmado electrónicamente el 12 de febrero de 2025 por el alcalde José Miguel Luengo, aprueba y reconoce oficialmente el gasto correspondiente a la sentencia. Esta ejecución se produce tras el auto emitido por el juzgado el 5 de diciembre de 2024, que autorizaba a la empresa a exigir el cumplimiento provisional de la sentencia mientras se tramitaba el pago.
El documento establece que se informe a los servicios de Intervención y Tesorería para que efectúen el abono, y que se comunique igualmente al órgano judicial competente.
Una actuación con múltiples aristas jurídicas
El caso no solo pone de manifiesto la ocupación irregular de suelo privado por parte del consistorio, sino que también refleja una gestión administrativa deficiente por parte del Ayuntamiento de San Javier. Durante casi dos décadas, los servicios públicos utilizaron una superficie de más de 5.000 metros cuadrados sin que existiera ningún tipo de convenio ni procedimiento legal abierto que lo justificara.
El juzgado descarta que se trate de una expropiación formal, ya que nunca se inició tal procedimiento, y considera que no puede aplicarse la normativa de la Ley de Expropiación Forzosa. En su lugar, acoge los argumentos de la parte actora y del Tribunal Supremo sobre la imprescriptibilidad de la acción de responsabilidad patrimonial en los casos de ocupación ilegal mantenida en el tiempo, como es este.
El dictamen judicial afirma que la Administración no puede beneficiarse de su propia inacción ni evitar la obligación de resarcir por el uso prolongado y no autorizado de un bien ajeno. “La conducta antijurídica deriva de que la lesión causada a la actora no debía ser soportada por la misma”, recoge literalmente el fallo, que además califica la situación como un claro caso de enriquecimiento injusto por parte de la Administración.
Contexto urbanístico y económico: La Manga en el centro del conflicto
El terreno afectado está situado en un enclave estratégico del litoral murciano, concretamente en el polígono U de La Manga del Mar Menor, una de las zonas urbanas con mayor presión turística y urbanística de la Región de Murcia. La finca, con más de 18.000 m² de superficie catastral, ha sido parcialmente ocupada desde principios del año 2000 sin que se haya abonado contraprestación alguna por ello hasta la fecha.
Este caso reabre el debate sobre las relaciones entre la Administración local y los promotores privados en el litoral, así como sobre la transparencia y legalidad de determinadas actuaciones municipales que, en ocasiones, parecen haberse amparado en la inacción o la falta de controles formales.
Desde la empresa propietaria del terreno, se ha insistido durante todo el procedimiento en que nunca se otorgó permiso ni autorización al Ayuntamiento para dicha ocupación. Tras años de solicitudes ignoradas, finalmente ha sido la vía judicial la que ha reconocido su derecho al resarcimiento.
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