
El Consejo Jurídico exige revisar de oficio el contrato de retirada de biomasa por vulnerar la legalidad, en un caso similar al ya investigado por la Fiscalía tras una información publicada por LasNoticiasRM

El Consejo Jurídico de la Región de Murcia ha desvelado que la Consejería de Medio Ambiente incurrió en graves infracciones legales al ejecutar pagos fuera de contrato por el servicio de retirada de biomasa vegetal y limpieza de áreas marítimas del Mar Menor, sin haber tramitado la preceptiva modificación contractual ni contar con fiscalización previa. Así lo establece el Dictamen 151/2025, que rechaza la convalidación de los pagos y exige abrir un procedimiento de revisión de oficio por nulidad de pleno derecho.
El contrato afectado fue adjudicado en 2021 a la UTE Biomasa Mar Menor (Transportes Europeos del Campo de Cartagena S.L., Obras y Servicios Públicos S.A. y Apideco S.L.). Aunque la duración prevista del servicio abarcaba hasta octubre de 2022, el Consejo Jurídico confirma que la totalidad del presupuesto se agotó en apenas tres meses, tras concentrar los trabajos en primavera de 2022 sin respaldo legal para ello.
Esta actuación coincide exactamente con los hechos que LasNoticiasRM.es reveló en febrero, en una investigación exclusiva que destapó pagos sin cobertura contractual, sin fiscalización previa y sin modificación formal, lo que motivó la apertura de diligencias por parte de la Fiscalía Superior de la Región de Murcia. El Ministerio Fiscal investiga si los hechos pueden constituir un presunto delito de prevaricación administrativa o malversación.
La Consejería se saltó todo el procedimiento y ejecutó el contrato sin autorización legal
El Consejo Jurídico ha sido tajante: la Consejería actuó al margen del procedimiento legal, ejecutando de facto una modificación sustancial del contrato sin expediente alguno, lo que supone una infracción de los artículos 205 y 39.1 de la Ley de Contratos del Sector Público. Además, recuerda que el contrato era de “mera actividad” y que cualquier alteración del cronograma o del volumen de prestaciones exigía tramitar una modificación formal.
“La alteración del plazo implica una modificación que debió tramitarse como tal. No hacerlo ha supuesto una actuación al margen de lo contratado”, advierte el dictamen. Y añade que ejecutar pagos sin fiscalización previa constituye una infracción adicional, aunque de carácter subsanable. Lo que no se puede subsanar, afirma con rotundidad, es la modificación ilegal del contrato, que debe anularse conforme al artículo 47.1.e de la Ley 39/2015 por “prescindir total y absolutamente del procedimiento establecido”.
Intento fallido de eludir el procedimiento de revisión para no retraer el beneficio industrial
La Consejería intentó, sin éxito, justificar la convalidación del gasto por razones de “economía procesal”, alegando que una posible revisión del contrato derivaría en una indemnización económica equivalente al importe que se pretendía abonar. El Consejo Jurídico rechaza de plano esta estrategia, señalando que cuando existe una nulidad de pleno derecho, la administración está obligada a revisar el acto y no puede optar por el camino fácil del pago.
Más aún, recuerda que esa revisión podría llevar aparejada la devolución del beneficio industrial, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, lo que evitaría que se lucrase una empresa a través de una ejecución irregular. Esta advertencia cobra especial relevancia si la investigación judicial concluye que hubo responsabilidad penal o administrativa.
Reiteración del patrón y advertencia al Consejo de Gobierno
El Dictamen 151/2025 no es un caso aislado. El propio Consejo Jurídico señala que ya en el Dictamen 330/2024 alertó de la misma infracción en el Lote 1 del mismo contrato, lo que evidencia una reiteración sistemática en la ejecución ilegal de contratos vinculados al Mar Menor.
Por todo ello, el Consejo Jurídico concluye que no puede autorizarse el pago propuesto por la Consejería y que, en su lugar, debe iniciarse el expediente de revisión de oficio, con audiencia a las partes y un análisis de si procede o no abonar la totalidad del importe ejecutado.
Un caso que puede marcar un antes y un después en la gestión ambiental de la laguna
La revelación de este dictamen supone un espaldarazo jurídico a la denuncia periodística publicada por LasNoticiasRM.es el pasado 22 de febrero, en la que se documentó con detalle cómo el Gobierno regional había ejecutado pagos irregulares a la UTE Biomasa Mar Menor sin modificar el contrato, sin cobertura legal y sin fiscalización previa.
En aquel momento, la Consejería no ofreció explicaciones claras. Ahora, con el dictamen del Consejo Jurídico en la mano, y con la Fiscalía investigando los hechos, la administración regional se enfrenta a un serio problema de legalidad, transparencia y responsabilidad en la ejecución de uno de los contratos más simbólicos del Plan de Recuperación del Mar Menor.
Los contratos ambientales no pueden gestionarse con opacidad ni al margen de la ley. Lo que está en juego no es solo el dinero público, sino la credibilidad de las instituciones en el mayor reto ecológico de la Región de Murcia. Este caso, por su gravedad y por su simbolismo, exige algo más que silencio administrativo. Exige explicaciones, responsabilidades y una rectificación inmediata.
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