La Consejería de Presidencia admite no tener ningún documento que acredite la formación académica que el presidente declara en su perfil institucional

El Gobierno de la Región de Murcia no dispone de ninguna copia ni certificado que acredite la autenticidad de los títulos académicos que Fernando López Miras declara en su ficha oficial como presidente autonómico. Así lo ha reconocido expresamente la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias en dos resoluciones casi idénticas, fechadas el 1 de agosto, en respuesta a dos solicitudes de acceso a información pública formuladas al amparo de la Ley de Transparencia.
En ambas resoluciones —a las que ha tenido acceso LasNoticiasRM.es— el solicitante requería copias o certificaciones de dos titulaciones que figuran en la web oficial del Gobierno regional: el título de mediador civil y mercantil y el de Máster en Administración de Empresas (MBA) por ENAE Business School.

La respuesta de la Consejería no deja lugar a dudas: “no obra en poder de esta Consejería expediente o documento elaborado u obtenido en el ejercicio de sus funciones en el que figure copia física o certificado de titulaciones de D. Fernando López Miras”.
Dos solicitudes, dos negativas y la misma admisión: la CARM no custodia los títulos del presidente
En lugar de facilitar los documentos requeridos o derivar la petición al órgano competente, la Secretaría General de la Consejería ha optado por inadmitir ambas solicitudes por la misma causa: no disponer de la información solicitada, en aplicación del artículo 18.1.d de la Ley 19/2013 de transparencia estatal, que excluye del derecho de acceso las peticiones dirigidas “a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente”.
Esta inadmisión pone de manifiesto que, a pesar de tratarse de formación académica declarada públicamente por un alto cargo institucional, el Gobierno regional no ha solicitado, verificado ni archivado ningún documento que acredite su veracidad.
Una anomalía en transparencia que afecta a la credibilidad institucional
El hecho de que la propia Consejería de Presidencia —máxima responsable de coordinar la acción del Ejecutivo regional— reconozca que no puede acreditar los títulos del presidente plantea serias dudas sobre los mecanismos de verificación y control en el seno del Gobierno autonómico.
La declaración de titulaciones en las biografías oficiales de altos cargos forma parte del deber de publicidad activa recogido en la legislación de transparencia. Sin embargo, si esa información no está respaldada por documentos internos o verificables, su fiabilidad queda en entredicho.
Además, el hecho de que los títulos se sigan publicando en la web institucional pese a que la propia Administración admite no disponer de copia ni certificación alguna, podría constituir una vulneración del principio de veracidad de la información pública, recogido en la Ley de Transparencia de la Región de Murcia.

Sin control documental ni derivación al órgano competente
Ni en la solicitud relativa al título de mediador ni en la referida al MBA de ENAE, la Consejería ha dado traslado al posible órgano que sí pudiera disponer de los documentos —como Presidencia del Consejo de Gobierno o el propio gabinete del presidente—, limitándose a cerrar la vía de acceso por inadmisión sin investigar su existencia.
El solicitante, aún puede recurrir ambas resoluciones ante la Comisión de Transparencia de la Región de Murcia o iniciar un recurso contencioso-administrativo. En cualquier caso, el procedimiento ha puesto de manifiesto una carencia sustancial: el Gobierno regional no tiene forma de acreditar documentalmente los estudios que su presidente afirma haber cursado.
En un contexto político donde la integridad y la transparencia de los cargos públicos son cada vez más exigidas por la ciudadanía, la incapacidad del Ejecutivo de López Miras para certificar sus propias declaraciones formativas constituye un hecho grave, que exige explicaciones públicas y, previsiblemente, una revisión del sistema de verificación y custodia de la documentación oficial de sus representantes.
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