El informe económico en exposición pública podría estar ignorando obligaciones clave de accesibilidad, financiación audiovisual y pluralismo que marca la ley

Según los expertos consultados por LasNoticiasRM, el plan de viabilidad económica que ha publicado el Gobierno regional como paso previo al concurso para el nuevo contrato de La 7 —valorado en 100 millones de euros para el periodo 2027–2032, según desvelamos en exclusiva en el día de ayer— podría presentar deficiencias que parecen ir mucho más allá de simples descuidos técnicos. El documento debería garantizar que la televisión pública cumpla todas las obligaciones legales, pero deja sin respuesta cuestiones fundamentales que afectan a la accesibilidad, la financiación de contenidos culturales, la publicidad y el pluralismo informativo.
Expertos consultados por LasNoticiasRM destacan algunas carencias que podrían abocar a la nulidad del estudio de viabilidad por no disponer de la información clave exigida por la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Accesibilidad sin garantías ni presupuesto específico (art. 102 LGCA)
La televisión pública debe ser accesible para todas las personas. La ley exige subtitular al menos el 90 % de la programación, ofrecer 15 horas semanales en lengua de signos y otras 15 con audiodescripción, preferiblemente en horario de máxima audiencia (artículo 102 LGCA).
El plan de viabilidad apenas menciona “obligaciones de accesibilidad” sin concretar nada más: no dice cuántos programas estarán subtitulados ni cuántas horas se dedicarán a lengua de signos o audiodescripción. Tampoco se reserva presupuesto para cubrir estos servicios, que requieren personal especializado y empresas externas. De este modo, no se garantiza que La 7 cumpla la ley desde el primer día de concesión.

Obra audiovisual europea e independiente ignorada (art. 118 LGCA)
El artículo 118 LGCA establece que todos los prestadores del servicio público deben destinar el 6 % de sus ingresos a la financiación anticipada de obras audiovisuales europeas, y que de ese porcentaje, al menos el 70 % se invierta en producciones de empresas independientes.
El estudio de viabilidad no hace referencia a esta obligación: no calcula cuánto supondría esa inversión ni contempla partida presupuestaria para cubrirla. Se omite así un requisito legal que, en la práctica, podría suponer millones de euros a lo largo del contrato y que es fundamental para fomentar el sector audiovisual europeo y regional.
Ingresos publicitarios sin acreditar el cumplimiento de límites (arts. 135–137 LGCA)
La LGCA fija con precisión los topes de publicidad: un máximo de 144 minutos al día entre las 06:00 y las 18:00 horas y 72 minutos entre las 18:00 y medianoche (artículo 137 LGCA). Además, el artículo 135 prohíbe la publicidad en informativos, programas infantiles o religiosos, mientras que el artículo 136 regula de forma estricta los patrocinios y el emplazamiento de producto.
El plan de viabilidad proyecta ingresos publicitarios basados en tendencias de mercado, pero no demuestra que las cifras respeten estos límites de tiempo ni explica cómo se gestionarán los patrocinios y emplazamientos de producto. La ausencia de estos cálculos convierte las previsiones en poco fiables y abre la puerta a posibles incumplimientos de la normativa.
Pluralismo informativo y diversidad cultural sin indicadores claros (art. 5 LGCA)
El pluralismo informativo es uno de los pilares de la televisión pública. El artículo 5 LGCA obliga a garantizar la pluralidad de opiniones, la diversidad cultural y lingüística y la representación territorial equilibrada. El mandato marco autonómico también fija como misión fomentar la producción audiovisual murciana y representar a todas las comarcas.
El estudio reconoce estos principios en términos generales, pero no ofrece compromisos medibles: no establece porcentajes de programación regional, ni cuotas de producción independiente, ni indicadores para medir si realmente se respeta el pluralismo político, cultural y territorial. Así, todo queda en una declaración de intenciones sin mecanismos de control.
En resumen, el plan de viabilidad que servirá de base al concurso de La 7 podría estar pasando por alto obligaciones legales básicas. La accesibilidad, la financiación de la cultura europea, el control de la publicidad y el pluralismo no son aspectos opcionales: son mandatos legales que deben cumplirse desde el inicio de la concesión. Su ausencia en el documento abre la puerta a alegaciones y recursos que podrían frenar o incluso invalidar el proceso.
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