La Intervención detectó la omisión de la fiscalización previa en una subvención para aguas regeneradas en Ceutí, pero el órgano consultivo considera el defecto subsanable

El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha avalado la propuesta de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca para reconocer y abonar una subvención de 1 millón de euros a la Comunidad de Regantes Zona V, Sectores I y II de Ceutí, destinada a consolidar regadíos con aguas residuales regeneradas. El dictamen 183/2025 admite que la ayuda se tramitó con omisiones en el procedimiento de fiscalización previa, pero considera que se trata de un defecto subsanable y no de nulidad absoluta.
Una subvención vinculada al PDR 2014-2022
El caso se enmarca en la convocatoria de 2021 del Programa de Desarrollo Rural (PDR) 2014-2022, que financia actuaciones para mejorar la sostenibilidad del regadío. La Comunidad de Regantes de Ceutí recibió la concesión de una ayuda de un millón de euros, repartida en dos fases: 400.000 euros imputados en 2024 y 600.000 euros en 2025. El proyecto se centra en la modernización de regadíos preexistentes mediante el aprovechamiento de aguas regeneradas.
La Intervención Delegada de la Consejería emitió en marzo de 2025 un informe alertando de que no se había tramitado correctamente el reajuste de anualidades presupuestarias, trámite indispensable para adecuar los plazos de ejecución a los créditos disponibles. Según la interventora, este incumplimiento suponía la omisión de la fiscalización previa, infringiendo la Ley de Hacienda regional.
Intervención reclamaba revisión de oficio
El informe de la Interventora fue tajante: la falta de fiscalización previa requeriría una revisión de oficio de los actos administrativos, al entender que el procedimiento presentaba un vicio sustancial. En su opinión, sin la tramitación del reajuste de anualidades y su preceptiva fiscalización, los pagos comprometidos no podían ejecutarse con garantías.
El asunto fue analizado también por los servicios técnicos de la Consejería, que reconocieron las dificultades en la gestión pero defendieron que la situación no debía impedir la continuidad de la ayuda. Posteriormente, el Servicio Jurídico de la Consejería elaboró una memoria en la que se apoyaba en doctrina del propio Consejo Jurídico y del Consejo de Estado para sostener que la omisión de la fiscalización previa no implica automáticamente nulidad, sino un defecto susceptible de subsanación.
El Consejo Jurídico permite el pago, con advertencias
El CJRM, en su dictamen de 15 de julio de 2025, respalda esta última interpretación. Señala que la fiscalización previa es un trámite exigible en expedientes de gasto, pero que su omisión no puede considerarse equivalente a una ausencia total de procedimiento. En consecuencia, no cabe hablar de nulidad de pleno derecho, sino de un vicio de anulabilidad, que puede subsanarse siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 33 del Reglamento de Control Interno.
El órgano consultivo concluye que puede elevarse al Consejo de Gobierno la propuesta de la Consejería para autorizar el reconocimiento de la obligación y el pago de la ayuda, pero lanza un aviso: los órganos gestores deben extremar el rigor en la instrucción de expedientes para evitar omisiones que comprometan la legalidad financiera y la transparencia.
Aviso sobre transparencia y buen gobierno
El dictamen no pasa por alto las implicaciones de estas irregularidades. Recuerda que los órganos gestores están obligados a cumplir escrupulosamente con los trámites presupuestarios, y que la reiteración de omisiones como la detectada podría suponer incluso una infracción de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno.
El CJRM advierte que la falta de fiscalización previa, aunque subsanable, revela una gestión deficiente que afecta a la confianza ciudadana en el uso de los fondos públicos. El caso de la subvención de Ceutí se convierte así en un ejemplo de cómo los errores administrativos no paralizan la ayuda, pero sí exigen un toque de atención sobre la calidad del control interno.
Impacto en el sector del regadío
La resolución permite desbloquear el pago a la Comunidad de Regantes Zona V, que había ejecutado las inversiones para consolidar regadíos con aguas regeneradas. Este tipo de proyectos son estratégicos en un contexto de escasez hídrica y de presión sobre el uso agrícola del agua en la Región de Murcia.
Sin embargo, el episodio deja en evidencia las debilidades del sistema de gestión de ayudas, en un sector especialmente vigilado por las instituciones europeas y estatales, dado que los fondos del PDR se cofinancian con recursos comunitarios.
Un problema recurrente en la gestión autonómica
El Consejo Jurídico recuerda en su dictamen que no es la primera vez que se enfrenta a expedientes de ayudas con omisiones en la fiscalización previa. Desde finales de los años noventa ha tenido que pronunciarse en múltiples ocasiones sobre este mismo defecto. El mensaje es claro: la omisión no invalida automáticamente los actos, pero sí obliga a adoptar medidas de corrección y a mejorar la calidad de la gestión.
En definitiva, el dictamen 183/2025 avala el pago de un millón de euros en ayudas de regadío en Ceutí, pero al mismo tiempo advierte de que la Consejería de Agricultura debe reforzar los mecanismos de control para evitar que las subvenciones agrícolas se gestionen con defectos de procedimiento que rozan la frontera de la legalidad.
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