
La formación reclama a Educación que active la Alta Inspección para frenar las instrucciones que obligan a evaluar y calificar esa materia

El Grupo Parlamentario Sumar ha registrado en el Congreso de los Diputados una iniciativa urgente para que el Ministerio de Educación revise —a través de la Alta Inspección— la normativa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) que obliga al profesorado a evaluar y calificar la atención educativa que recibe el alumnado que no cursa Religión. La formación sostiene que el modelo aprobado por la Consejería murciana en julio de 2025 y vigente en el curso 2025/2026 “es totalmente ilegal”, genera inseguridad jurídica y ordena a los docentes actuar contra una Ley Orgánica y sus reales decretos de desarrollo.
Qué denuncia Sumar y por qué lo traslada a Madrid
Según el documento registrado por Sumar, la Dirección General de Recursos Humanos de la CARM dictó el 24 de julio de 2025 unas instrucciones que imponen a los funcionarios docentes evaluar y calificar la atención educativa dispensada al alumnado que no elige Religión. A juicio de la formación, esa decisión contraviene la LOMLOE y los reales decretos estatales que la desarrollan, que descartan que la atención educativa sea una asignatura —pues no tiene currículo, contenidos ni criterios de evaluación— y prohíben que sea evaluable o calificable “en ningún caso”. Por ello, Sumar pide al Ministerio que no permanezca impasible y que, si procede, ordene a la Alta Inspección paralizar la aplicación de dichas instrucciones.
“No es una asignatura ni puede serlo”
El portavoz de Sumar Región de Murcia, Juan Carlos Pastor, resume así el núcleo de la impugnación: “La situación de la atención educativa que se presta al alumnado que no cursa Religión en la Región de Murcia es totalmente ilegal (…) No es una asignatura, no tiene currículo (ni contenidos, ni criterios de evaluación) y la propia Ley Orgánica y los Reales Decretos advierten que no puede serlo en ningún caso, por lo que no puede ser evaluable ni calificable en ningún caso”. Para Sumar, convertir esa atención en una materia con nota no solo contradice la normativa básica, sino que desvirtúa la finalidad de la atención educativa —un tiempo de acompañamiento y refuerzo para quienes no optan por enseñanza confesional— y precariza el marco pedagógico y jurídico del profesorado.
Impacto en aulas y claustros: inseguridad jurídica y presión evaluadora
La iniciativa de Sumar subraya que el modelo murciano abre un frente de inseguridad jurídica “no solo entre el alumnado que va a recibir la calificación, sino también entre el profesorado que tiene que ponerla”. Traducido al día a día, sostiene la formación, imponer calificaciones sin currículo aprobado, contenidos definidos ni criterios de evaluación coloca al docente “en un limbo” que podría acarrear conflictos con familias y con la propia administración ante posibles reclamaciones. Además, homologa —de facto— la atención educativa a una asignatura más en el expediente, alterando la equivalencia con otras materias del horario general y tensionando la organización de los centros. La consecuencia, insisten, es un modelo de aula confuso, con docentes obligados a evaluar lo que no es evaluable y estudiantes a quienes se les califica una actividad que la normativa no prevé como materia.
El recorrido institucional que propone Sumar
El escrito registrado en el Congreso solicita que el Ministerio de Educación revise de oficio la normativa autonómica mediante Alta Inspección, el órgano estatal encargado de velar por el cumplimiento de la legislación básica en materia educativa. Si, tras esa comprobación, se confirma que las instrucciones autonómicas invaden el marco estatal o lo contradicen, Sumar reclama que el Ministerio dicte instrucciones para paralizar su aplicación en la Región de Murcia. La iniciativa sitúa así el conflicto en la relación Estado-Comunidad Autónoma, con el objetivo de restaurar la legalidad básica que —según Sumar— la Consejería habría quebrantado.
Antecedentes y contexto: un debate recurrente en la Región
El enfrentamiento en torno a la alternativa a Religión no es nuevo en la Región de Murcia, un territorio donde el peso curricular de la enseñanza confesional y la gestión de su alternativa han suscitado en los últimos años debates políticos y jurídicos. Sumar enmarca la controversia actual en una “mala praxis educativa” que, a su juicio, se repite: decisiones que rebasan el marco estatal, tensión con la comunidad educativa y rectificaciones tardías. Con la entrada en vigor del curso 2025/2026, la formación entiende que la Consejería ha querido “regular por la vía rápida” una cuestión sensible, creando un problema legal y pedagógico de primer orden.
Qué piden a corto y medio plazo
Más allá de la paralización de las instrucciones, Sumar reclama seguridad jurídica para equipos directivos y claustros; claridad normativa sobre el uso educativo de ese tiempo; y respeto estricto a la LOMLOE y a sus reales decretos. La formación sostiene que la atención educativa debe preservar su naturaleza —espacios de estudio asistido, lectura guiada, refuerzo o proyectos transversales— sin convertirse en una materia con nota, ni generar agravios entre quienes cursan o no Religión. Para ello, plantea que la Consejería consense con la comunidad educativa una guía pedagógica que oriente esa franja horaria sin invadir el terreno curricular y sin arrastrar calificaciones a los expedientes.
Versión de la Consejería y transparencia
A cierre de esta edición, no constan en la documentación remitida respuestas oficiales de la Consejería de Educación a las críticas formuladas por Sumar. Este medio ha intentado recabar la posición del departamento autonómico sobre las instrucciones del 24 de julio y su adecuación a la normativa estatal, así como sobre el alcance de la evaluación y calificación de la atención educativa. En caso de recibir una versión institucional, será incorporada para completar la información sobre un asunto de interés general que afecta a alumnado, familias y profesorado.
Un pulso con derivadas jurídicas
La iniciativa registrada por Sumar abre un pulso administrativo que, de prosperar, podría desembocar en instrucciones del Ministerio para suspender la aplicación de la norma murciana y reordenar el inicio de curso en esta materia. En paralelo, anticipa posibles reclamaciones de familias y centros —si se mantienen las calificaciones— y eventuales recursos si la Alta Inspección confirmara desajustes legales. En un sistema educativo que exige seguridad y previsibilidad, la polémica devuelve a primer plano una obviedad jurídica que la formación resume en una frase: “no se puede evaluar lo que la ley no define como asignatura”. La pelota queda ahora en el tejado del Ministerio y de la Consejería, llamados a resolver un conflicto de legalidad que se ha colado, de lleno, en las aulas del curso 2025/2026.
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