El Gobierno declara de utilidad pública los terrenos necesarios para garantizar el acceso a la playa de la Morena

El Gobierno declara de utilidad pública los terrenos necesarios para garantizar el acceso a la playa de la Morena

El Consejo de Ministros avala la expropiación para asegurar el acceso público y gratuito a este enclave de El Portús

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El Consejo de Ministros ha acordado la declaración de utilidad pública de determinados bienes y derechos con el objetivo de garantizar el acceso público y gratuito a la playa de la Morena, situada en El Portús, dentro del término municipal de Cartagena. La decisión, adoptada a propuesta del Gobierno de España, permitirá iniciar el procedimiento de expropiación forzosa necesario para imponer la servidumbre legal de acceso al mar prevista en la normativa estatal.

La medida responde a una situación prolongada en el tiempo, ya que el acceso a esta playa depende actualmente de la tolerancia del titular de una parcela privada colindante, destinada a uso de camping, al no existir un acceso público garantizado en los instrumentos de planificación urbanística vigentes. Con este acuerdo, el Ejecutivo central desbloquea una actuación destinada a hacer efectivo un derecho de uso público recogido en la legislación de costas.

La playa de la Morena se localiza junto a la desembocadura de la rambla de El Portús y constituye una unidad geomorfológica independiente, delimitada por la Punta del Moco al oeste y la Sierra de la Muela al este. Estas barreras naturales impiden el paso en condiciones mínimas de seguridad, lo que ha convertido el acceso terrestre en un problema estructural sin resolver hasta ahora.

Aplicación directa de la Ley de Costas

El acuerdo del Consejo de Ministros se fundamenta en el artículo 28 de la Ley de Costas, que regula la servidumbre de acceso al mar, estableciendo su carácter público y gratuito. La norma atribuye a los planes de ordenación territorial y urbanística del litoral la obligación de prever estos accesos, competencia que recae en las comunidades autónomas y los ayuntamientos.

No obstante, el propio artículo 28 contempla una vía subsidiaria de intervención estatal cuando dichos accesos no estén garantizados por la planificación urbanística. En concreto, el tercer párrafo habilita a la Administración General del Estado para imponer la servidumbre mediante expropiación forzosa, siempre que resulte imposible su establecimiento a través de los instrumentos de ordenación existentes.

En el caso de la playa de la Morena, el Gobierno considera acreditado que el acceso público no está asegurado en la normativa urbanística vigente, lo que justifica la activación de esta potestad excepcional para proteger el interés general y el dominio público marítimo-terrestre.

Un trazado ya existente y sin necesidad de obras

La solución planteada por el Ejecutivo consiste en establecer la servidumbre de acceso al mar a través de un camino preexistente que discurre por el interior de la finca privada colindante. Según la documentación oficial, este trazado es el que menor sacrificio supone para los intereses del propietario y, al mismo tiempo, permite cumplir con el mandato legal de garantizar el acceso público.

Además, el camino se encuentra en perfectas condiciones de uso, por lo que no será necesario ejecutar obras adicionales, un aspecto que el Gobierno destaca como coherente con los principios de eficacia, economía y eficiencia en la utilización de recursos públicos. De este modo, se evita una intervención más invasiva y se reduce el impacto económico de la actuación.

La declaración de utilidad pública es el paso previo imprescindible para iniciar formalmente el procedimiento expropiatorio, que se limitará a los bienes y derechos estrictamente necesarios para imponer la servidumbre de paso.

Un conflicto histórico en el litoral cartagenero

El acceso a la playa de la Morena ha sido durante años un foco de controversia en el litoral de Cartagena, al tratarse de un enclave natural de alto valor paisajístico cuyo disfrute público ha estado condicionado por su compleja orografía y por la ausencia de una solución urbanística definitiva.

Desde el Gobierno de España se subraya que la actuación no persigue otro fin que garantizar un derecho reconocido por la Ley de Costas, evitando que el acceso a una playa quede supeditado a acuerdos privados o situaciones de hecho. La declaración de utilidad pública refuerza así el principio de que el litoral es un bien de uso público, cuyo disfrute debe estar asegurado en condiciones de seguridad y legalidad.

Próximos pasos administrativos

Tras el acuerdo del Consejo de Ministros, se abre ahora el procedimiento administrativo que permitirá concretar la expropiación de los derechos necesarios para imponer la servidumbre de acceso. Este proceso deberá ajustarse a los plazos y garantías establecidos en la legislación vigente, incluyendo la valoración de los bienes afectados y la correspondiente compensación al titular de la finca.

Con esta decisión, el Gobierno da un paso decisivo para desbloquear una situación enquistada y avanzar hacia la normalización del acceso a la playa de la Morena, alineando la realidad física del enclave con las exigencias legales de protección y uso público del litoral.

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