El Gobierno regional tramita tarde y mal una obligación legal

El Gobierno regional tramita tarde y mal una obligación legal

El Consejo Jurídico detecta errores en la orden para crear el comité de experimentación animal del IMIDA

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El Consejo Jurídico de la Región de Murcia ha puesto reparos relevantes al proyecto de orden con el que la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca pretende crear el Comité de Ética de Experimentación Animal del IMIDA, el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental. Aunque el dictamen no bloquea la futura aprobación de la norma, sí deja por escrito una serie de deficiencias formales y técnicas que obligan al Gobierno regional a corregir el texto antes de su aprobación definitiva si quiere evitar problemas de validez jurídica.

La cuestión no gira en torno a una nueva política pública impulsada por el Ejecutivo autonómico, sino al cumplimiento de una obligación que ya venía impuesta desde hace años por la normativa estatal. El Real Decreto 53/2013 establece que cada criador, suministrador y usuario de animales con fines de experimentación debe contar con un órgano encargado del bienestar animal. En el caso de los usuarios, ese órgano recibe la denominación de comité de ética de experimentación animal. Es decir, la Comunidad no estaba innovando ni desplegando una estrategia propia, sino regulando de forma tardía una exigencia legal básica vinculada a la actividad investigadora del IMIDA.

El dictamen, aprobado por el Consejo Jurídico el 24 de marzo de 2026, examina el expediente remitido por la Consejería y deja un mensaje bastante claro: la Administración regional puede crear este órgano y tiene competencia para hacerlo, pero la tramitación seguida presenta carencias que no deberían producirse en una disposición de este tipo. La norma, además, no es considerada por el propio Consejo como un desarrollo reglamentario de la legislación básica estatal, sino como una disposición puramente organizativa, un reglamento independiente que se limita a establecer el comité dentro del IMIDA.

Ese matiz no es menor. Supone, en la práctica, que el Consejo Jurídico entiende que el Gobierno regional no estaba desarrollando una política general sobre experimentación animal para toda la Región de Murcia, sino creando un órgano interno en un organismo público concreto. En otras palabras, se trata de una orden para cumplir una obligación ya existente, no de una gran iniciativa normativa del Ejecutivo murciano. Esa idea deja al descubierto uno de los elementos más incómodos del expediente: la Comunidad llega tarde a una obligación que el Estado fijó hace más de una década.

Fallos en la tramitación y un informe esencial que no aparece

La parte más delicada del dictamen está en el análisis del procedimiento seguido por la Consejería. El Consejo Jurídico señala que no consta que el proyecto de orden estuviera incluido en el Plan Normativo correspondiente a 2025, una exigencia que forma parte de las reglas de transparencia y planificación normativa de la Comunidad Autónoma. No se trata del único reproche, pero sí de una primera señal de desorden en la preparación del expediente.

Más serio aún es el problema detectado con el informe jurídico de la Vicesecretaría. El expediente sí incorpora un informe favorable del Servicio Jurídico de la Consejería, pero el Consejo advierte de que no consta que la Vicesecretaría hubiera emitido el informe jurídico exigido por la ley ni, al menos, que hubiera visado el elaborado por esa unidad administrativa dependiente. Y aquí el tono del dictamen deja de ser meramente técnico para convertirse en una advertencia muy clara: ese requisito, aunque formal, tiene carácter esencial y su omisión podría determinar la invalidez del futuro reglamento e incluso abrir la puerta a su impugnación.

La importancia de este punto es evidente. No se trata de una observación menor o de un simple detalle de despacho. El propio Consejo Jurídico viene a decir que la Consejería ha dejado sin cubrir correctamente un trámite básico de control jurídico interno y que, si no lo subsana antes de aprobar la norma, podría comprometer su seguridad jurídica. Al tratarse de una orden de alcance organizativo y sin especial complejidad política, el Consejo no exige rehacer todo el procedimiento, pero sí considera imprescindible que la persona titular de la Vicesecretaría vise el informe jurídico antes de que el texto sea aprobado.

La imagen que deja esta parte del dictamen es difícil de maquillar. Una norma obligatoria, de alcance limitado y con una base legal clara, ha llegado al órgano consultivo con un defecto formal que podría afectar a su validez. Esa circunstancia alimenta la impresión de que la Consejería ha tramitado el expediente con una ligereza impropia de una Administración que presume de rigor institucional.

A ello se añade otro dato significativo: ni en la consulta previa ni en el trámite de información pública y audiencia se presentaron aportaciones o alegaciones ciudadanas. Formalmente se cumplió con los pasos exigidos, pero el resultado fue un expediente sin participación pública efectiva. Eso refuerza la idea de que se trata de una disposición de carácter interno, con escasa visibilidad social, pero también pone de relieve el bajo nivel de debate que ha acompañado a una norma relacionada con el uso de animales en investigación.

Un texto con contradicciones y errores que el Consejo obliga a corregir

Las observaciones del Consejo Jurídico no se limitan al procedimiento. El órgano consultivo también entra en el contenido del borrador de orden y detecta problemas concretos de redacción y coherencia normativa. El primero de ellos afecta a las funciones del comité, ya que el proyecto no recogía de forma expresa la obligación de conservar durante tres años los registros de las recomendaciones emitidas por el órgano y de las decisiones adoptadas en relación con ellas. El Consejo exige incorporar esa previsión porque deriva directamente del marco estatal y forma parte de las garantías mínimas de control sobre este tipo de órganos.

Más llamativa resulta la contradicción detectada en la composición del comité. El borrador señala, por un lado, que todos sus miembros deben ser investigadores del Cuerpo Superior Facultativo del IMIDA. Pero, por otro, establece que el órgano estará formado por dos integrantes elegidos entre investigadores u otros miembros científicos y por una persona responsable del bienestar y cuidado de los animales. El problema es evidente: si todos deben ser investigadores del IMIDA, no encaja que al mismo tiempo se abra la posibilidad de incluir otros perfiles científicos o a una persona encargada del bienestar animal. El Consejo Jurídico exige aclarar esta contradicción porque afecta a la coherencia interna de la norma.

También hay reparos en la forma en que se regula la evaluación de proyectos. El texto remitido por la Consejería afirmaba que, en caso de actuar como órgano habilitado, el comité realizaría la evaluación de proyectos y la evaluación retrospectiva conforme a los artículos 34 y 35 del Real Decreto 53/2013. Sin embargo, después no se limitaba a remitir a esos preceptos, sino que ofrecía una formulación propia que no coincidía literalmente con la norma estatal. El Consejo advierte de que esa técnica genera confusión y vulnera el principio de seguridad jurídica, por lo que recomienda que el artículo se limite a remitir directamente al contenido del real decreto, sin reinterpretarlo ni reproducirlo de forma parcial.

Son observaciones técnicas, sí, pero su acumulación ofrece una fotografía bastante elocuente del expediente. El proyecto de orden no solo presentaba un problema formal relevante en su tramitación, sino que además llegaba con omisiones, contradicciones y defectos de redacción que obligan a pulirlo antes de su aprobación definitiva. No hay en el dictamen una desautorización total del texto, pero sí un correctivo claro al modo en que la Consejería ha preparado la norma.

Una obligación pendiente desde 2013 que la Comunidad intenta cerrar ahora

El fondo del asunto tiene también lectura política y administrativa. El IMIDA utiliza animales con fines de experimentación en distintas líneas de investigación, tanto en mejora genética animal y desarrollo ganadero como en acuicultura. En el primer caso trabaja con porcino, pequeños rumiantes, bovino y aves para tareas vinculadas a la conservación de razas autóctonas, calidad de la leche, bancos de germoplasma o innovación alimentaria. En el segundo, emplea peces para estudios sobre optimización económica de granjas marinas, diversificación de especies, mitigación ambiental o sistemas de cultivo en mar abierto.

Precisamente por esa actividad investigadora, el organismo estaba obligado a disponer de un comité de ética de experimentación animal. Esa exigencia no nace ahora ni depende de una iniciativa reciente del Gobierno regional, sino que deriva de una norma estatal vigente desde 2013. Que la Comunidad llegue en 2025 y 2026 a formalizar reglamentariamente ese órgano permite una lectura incómoda: no estamos ante una apuesta novedosa por reforzar las garantías éticas en la investigación, sino ante la regularización tardía de una obligación legal preexistente.

Ese retraso es, probablemente, una de las claves más noticiables del dictamen. La Administración regional no está siendo reprendida por crear el comité, sino por hacerlo tarde y con defectos técnicos que obligan al Consejo Jurídico a corregir el texto sobre la marcha. Y eso proyecta una imagen poco solvente de la maquinaria normativa del Gobierno regional, especialmente en un ámbito tan sensible como el uso de animales en investigación científica.

El Consejo Jurídico concluye de forma prudente, como suele ser habitual en este tipo de dictámenes. Señala que la Comunidad Autónoma tiene competencia en la materia y que las observaciones formuladas, si se incorporan al texto, contribuirán a mejorar su perfección técnica y su inserción en el ordenamiento jurídico. Pero detrás de esa fórmula institucional hay una realidad menos amable: la orden con la que el Ejecutivo murciano pretende cerrar una obligación legal básica no estaba lista para aprobarse tal y como fue remitida.

La creación del comité saldrá previsiblemente adelante, porque el dictamen no la cuestiona en su fundamento. Pero el episodio deja un retrato bastante reconocible de la forma en que se tramitan algunas normas en la Comunidad Autónoma: tarde, con escasa participación pública y con errores que un órgano consultivo tiene que advertir antes de que la disposición vea la luz. En este caso, además, sobre una materia en la que la Administración regional no estaba innovando, sino simplemente intentando ponerse al día con una obligación que llevaba años pendiente.

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