El sindicato reclama un expediente disciplinario y denuncia que el Ayuntamiento ha pagado con fondos públicos sin sancionar al supuesto responsable

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO ha exigido al Ayuntamiento de Jumilla que abra un expediente disciplinario para depurar responsabilidades por el acoso laboral sufrido por un empleado municipal del servicio de jardinería. El sindicato sostiene que el caso no puede cerrarse con el pago de una indemnización de 12.000 euros por daños morales, más los intereses correspondientes, mientras no se investigan las responsabilidades individuales.
La organización, que identifica al trabajador como delegado sindical de CCOO, denuncia que la persona a la que atribuye las conductas de acoso no ha recibido ninguna sanción disciplinaria. Por ello, reclama actuaciones tanto sobre esos comportamientos como sobre la respuesta de quienes conocían la situación y debían proteger al empleado.
La sentencia de primera instancia, dictada el 12 de marzo de 2025 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Murcia, declaró la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento. La resolución reconoció una indemnización por daños morales al considerar acreditado el acoso y una actuación preventiva municipal insuficiente pese al conocimiento del riesgo.
La reclamación sindical distingue entre esa responsabilidad económica de la Administración y las posibles consecuencias disciplinarias para las personas implicadas. CCOO pide que el Consistorio investigue estas últimas y adopte medidas para evitar que se repitan situaciones similares.
Advertencias previas sobre los riesgos en jardinería
Según el comunicado remitido por CCOO, el Ayuntamiento disponía de antecedentes que advertían de problemas en el servicio. El sindicato señala que una evaluación de riesgos psicosociales de 2013 ya detectó un riesgo elevado de acoso laboral en jardinería.
A ese antecedente añade un informe del técnico municipal de prevención de 2019 que apreció conductas de violencia psicológica y acoso. También menciona la intervención de la Inspección de Trabajo, que constató un riesgo psicosocial muy elevado y deficiencias en las medidas preventivas.
Entre las conductas que la organización recoge figuran la falta de asignación de tareas, el aislamiento, la encomienda de trabajos irrelevantes o inadecuados, la exclusión de turnos y complementos retributivos y el trato despectivo. Según explica, varios compañeros corroboraron situaciones de aislamiento y problemas en la distribución del trabajo.
El sindicato sitúa estos antecedentes en el centro de su denuncia: considera que existían señales suficientes para intervenir antes y proteger al empleado. Su reproche se dirige a la falta de una respuesta eficaz ante una situación que, sostiene, era conocida dentro de la Administración.
El Ayuntamiento defendió durante el procedimiento que había adoptado informes, medidas organizativas y actuaciones relacionadas con la adaptación del puesto, incluido un traslado por motivos de salud. También negó que existiera acoso y describió el contexto como una conflictividad laboral generalizada. Esos argumentos constan en el relato de la resolución judicial consultada.
El protocolo solicitado en 2019 y la indemnización judicial
CCOO recuerda que el trabajador solicitó formalmente la activación del protocolo de acoso el 17 de mayo de 2019. Según su comunicado, el servicio de prevención aplazó el inicio hasta su reincorporación, al encontrarse entonces de baja médica.
La organización añade que en marzo de 2021 el empleado presentó una nueva solicitud para que se abriera otro expediente. Asimismo, señala que entre 2019 y 2022 encadenó periodos de incapacidad temporal por ansiedad y estrés laboral.
La resolución de primera instancia no atribuyó al acoso la totalidad de los periodos de baja alegados. Reconoció el daño moral y fijó la compensación en 12.000 euros, sin aceptar plenamente la relación causal planteada por el demandante respecto a todas las incapacidades temporales.
El comunicado sindical cita después la sentencia 276/2026, de 11 de junio, del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Según precisa la propia nota, la resolución mantuvo la imposibilidad de recurrir en apelación por quedar la indemnización por debajo del umbral de 30.000 euros.
Esta circunstancia procesal debe distinguirse de una nueva valoración íntegra de los hechos en segunda instancia. La organización presenta la indemnización como firme, aunque también señala que la resolución del TSJ contemplaba la posibilidad de casación si concurría interés casacional.
La condena económica corresponde al Ayuntamiento dentro de un procedimiento de responsabilidad patrimonial. No equivale a una condena penal individual contra la persona a la que CCOO atribuye el acoso.
El sindicato pide investigar también la falta de protección
CCOO afirma que los 12.000 euros y los intereses se han abonado con recursos públicos. A su juicio, asumir ese coste no agota la respuesta que debe ofrecer la institución.
«No basta con asumir una condena económica: hay que actuar, depurar responsabilidades y evitar que situaciones de esta naturaleza vuelvan a repetirse», sostiene la organización en su comunicado.
Sus exigencias incluyen abrir un expediente disciplinario, garantizar la protección de la plantilla y cumplir los protocolos frente a la violencia psicológica en el trabajo. También reclama investigar la actuación de quienes, teniendo conocimiento de los hechos, no intervinieron para proteger al empleado.
Para esta información no se ha solicitado una valoración adicional al Ayuntamiento por correo, teléfono o gabinete. La posición municipal recogida corresponde a sus alegaciones en el procedimiento judicial, mientras que la afirmación sobre la ausencia de sanciones procede de CCOO.
El sindicato reclama que cualquier responsabilidad individual se determine mediante el expediente correspondiente. Su petición es que el pago de la indemnización vaya acompañado de una investigación administrativa y de medidas preventivas que permitan a la plantilla municipal trabajar sin sufrir situaciones de acoso.
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