El CJRM concluye que el Servicio Murciano de Salud incurrió en responsabilidad patrimonial por no atender dos avisos médicos antes del fallecimiento

Un joven de 23 años con discapacidad falleció en enero de 2023 en el Hospital Virgen de la Arrixaca tras un episodio de vólvulo de sigma en el que, según el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM), se produjeron fallos en la atención sanitaria que derivaron en su muerte. El órgano consultivo ha avalado la propuesta de indemnización de 219.550,90 euros a la familia del paciente, al considerar que concurren todos los elementos que configuran la responsabilidad patrimonial del Servicio Murciano de Salud (SMS).
El relato de los hechos y las omisiones en la atención
Según consta en el dictamen nº 179/2025, el paciente ingresó el 15 de enero de 2023 en La Arrixaca con fuerte dolor abdominal. Tras realizarle diversas pruebas, fue dado de alta, pero horas después volvió a Urgencias con síntomas más graves. Se le practicó una colonoscopia descompresiva, aunque nunca se le colocó la sonda nasogástrica prescrita, y tampoco se le realizaron las pruebas de control previstas (TAC y radiografía abdominal).
La situación se agravó la madrugada del 17 de enero, cuando enfermería avisó hasta en dos ocasiones al cirujano de guardia (a las 02:40 y 03:30 horas) por el empeoramiento del paciente. Sin embargo, ningún facultativo acudió a valorar al joven, que finalmente entró en parada cardiorrespiratoria a las 04:10 horas. La reanimación fue infructuosa y se certificó su fallecimiento a las 04:30 horas.
Informes periciales y conclusiones psicológicas
El expediente administrativo incluye varios informes médicos y psicológicos. El perito aportado por la familia concluyó que la ausencia de la sonda nasogástrica y la falta de pruebas de control facilitaron la broncoaspiración masiva que causó la muerte. También destacó la falta de respuesta médica a los avisos de enfermería como un hecho “injustificable”.
Por su parte, los informes psicológicos señalan que los padres y hermanas del paciente presentan un duelo patológico y un trastorno de estrés postraumático, al considerar que la muerte podría haberse evitado con una asistencia adecuada. La familia reclamaba inicialmente 273.112 euros de indemnización, cifra que finalmente se cerró en los 219.550,90 euros pactados con la aseguradora del SMS.
El Consejo Jurídico confirma la responsabilidad patrimonial
El CJRM ha dictaminado que la atención recibida “no se ajusta a la lex artis”, en particular por la desatención médica en la madrugada previa al fallecimiento. Por ello, respalda la propuesta de terminación convencional del procedimiento y avala la indemnización acordada con la familia. Además, recomienda que la Administración Sanitaria valore “las actuaciones pertinentes encaminadas a depurar posibles responsabilidades disciplinarias”.
Impacto en la gestión del SMS y uso de fondos públicos
El caso reabre el debate sobre la gestión del Servicio Murciano de Salud y la calidad de la atención en los hospitales públicos. El pago de la indemnización, que se cubrirá con fondos públicos a través de la póliza aseguradora del SMS, supone además un coste económico que refleja las consecuencias de la mala praxis sanitaria reconocida por los propios órganos de control de la Comunidad Autónoma.
El dictamen, emitido el 15 de julio de 2025, confirma que el fallecimiento del joven no fue un desenlace inevitable, sino la consecuencia de decisiones médicas y omisiones que podrían haberse evitado. Una conclusión que no solo tiene implicaciones jurídicas y económicas, sino también sociales y éticas para la Región de Murcia.
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