El Consejo Jurídico confirma que la Consejería privó a la profesora de una plaza a la que tenía derecho y la dejó 14 días sin sueldo

El Dictamen 265/2025 del Consejo Jurídico de la Región de Murcia confirma que la Consejería de Educación cometió un error administrativo que dejó a una docente interina 14 días sin empleo ni retribuciones y la privó de una vacante a la que tenía derecho por orden de lista. El órgano consultivo determina que la Administración deberá indemnizarla por el perjuicio causado, que incluye pérdida económica, desempleo involuntario, prestaciones parciales y desplazamientos adicionales generados por la adjudicación errónea.
El caso, ocurrido tras el proceso de adjudicación de vacantes del curso 2023/2024, evidencia un funcionamiento anormal del servicio público educativo en un procedimiento especialmente sensible para miles de docentes interinos de la Región de Murcia. Según la documentación analizada por el Consejo Jurídico, la interesada debía haber obtenido una plaza en un colegio de Cartagena, pero el error en la gestión de la Consejería permitió que la vacante se adjudicara a otra persona situada 239 puestos por detrás en la lista de interinos.
A pesar de que la docente presentó una reclamación formal el 27 de septiembre de 2023, Educación no llegó a contestarla, prolongando la incertidumbre y agravando los daños derivados de la adjudicación defectuosa.
Un error que privó a la docente de la vacante que le correspondía
La plaza del CEIP Vicente Ros se adjudicó a otra persona pese a tener peor posición en la lista
El dictamen detalla que la reclamante figuraba en mejor posición que la persona finalmente adjudicataria de una vacante de PT en el CEIP Vicente Ros de Cartagena, un centro cercano a su domicilio. La Consejería reconoce expresamente que la docente no fue incluida en el acto de adjudicación debido a un error administrativo, lo que constituye la base material del perjuicio evaluado.
Este fallo provocó que la interina pasara 14 días sin trabajo ni ingresos, debiendo recurrir a la prestación por desempleo y aceptando después un nombramiento en un centro situado a más distancia, lo que generó desplazamientos adicionales que no habrían existido de haberse adjudicado correctamente la vacante que le correspondía.
Para el Consejo Jurídico, el daño es “real, efectivo e individualizado”, y deriva directamente del funcionamiento anormal del servicio. El órgano confirma que el error produjo “una privación ilegítima de un derecho cierto” y no una mera expectativa, algo excepcional en los procedimientos de acceso temporal a la función docente.
Educación no respondió a la reclamación y negó el kilometraje, pero el Consejo le da la razón a la docente
El órgano consultivo reconoce todos los conceptos indemnizables derivados del error
Uno de los elementos más llamativos del expediente es que la Consejería no emitió respuesta alguna a la reclamación formulada por la docente, pese a que ese silencio administrativo agravó el perjuicio sufrido. El dictamen puntualiza que la falta de contestación constituye un obstáculo adicional en la garantía de los derechos de la afectada.
La Administración también negó en un primer momento que pudiera indemnizarse el kilometraje generado por tener que aceptar otra vacante más lejana. Sin embargo, el Consejo Jurídico corrige a la Consejería y establece que los desplazamientos son indemnizables, ya que son consecuencia directa y exclusiva del error cometido.
Para calcular la indemnización, el órgano consultivo aplica los criterios del baremo legal y cuantifica en 1.070,30 euros el perjuicio económico acreditado, que incluye:
- Los días sin nombramiento y sin salario.
- La diferencia entre lo que habría cobrado de haber tomado posesión en la plaza correcta y lo percibido finalmente.
- Las prestaciones de desempleo recibidas parcialmente.
- Los desplazamientos adicionales.
El dictamen descarta otras peticiones al no estar directamente vinculadas al error administrativo, pero reconoce la totalidad de los conceptos derivados del fallo en la adjudicación.
Un fallo administrativo que evidencia las carencias del sistema de adjudicación docente
El dictamen advierte de que el daño no era una “simple expectativa”, sino un derecho vulnerado
El Consejo Jurídico dedica parte de su análisis a desmentir una línea argumental habitual en la Administración: que los interinos no tienen un derecho consolidado sobre las vacantes adjudicadas. En este caso, el órgano consultivo afirma que no se trataba de una probabilidad futura, sino de un derecho cierto y acreditado derivado de la posición de la docente en la lista.
Por ello, el dictamen define el perjuicio como antijurídico, lo que significa que la afectada no tenía el deber jurídico de soportarlo. Este matiz es clave, ya que refuerza la idea de que los procedimientos de adjudicación deben ser rigurosos y respetar estrictamente el orden de prelación para evitar daños como el producido en este caso.
El documento pone de manifiesto las carencias estructurales del sistema regional de adjudicación, donde los errores administrativos pueden dejar a docentes sin ingresos, añadir desplazamientos innecesarios y alterar su situación personal y laboral durante semanas.
La decisión del Consejo Jurídico obliga ahora a la Consejería de Educación a tramitar la indemnización correspondiente y a corregir las deficiencias detectadas en el proceso de adjudicación. El expediente evidencia la importancia de garantizar procedimientos transparentes, ágiles y fiables en un ámbito que afecta cada curso a miles de profesionales que dependen de estas listas para acceder a su puesto de trabajo.
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