El Consejo Jurídico obliga a repetir el expediente por vulnerar garantías básicas y frena la anulación de derechos irregulares

La anulación de un fraude en ayudas de la Política Agraria Común (PAC) correspondiente a las campañas 2020 y 2021 ha quedado en suspenso no por falta de base legal, sino por la deficiente actuación del Gobierno de la Región de Murcia. Así lo pone de manifiesto el Dictamen 284/2025 del Consejo Jurídico regional, que reconoce la existencia de causas claras de nulidad de pleno derecho en la concesión de derechos de ayuda, pero obliga a retrotraer todo el procedimiento por errores administrativos imputables a la propia Comunidad Autónoma.
El dictamen analiza un expediente tramitado por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca tras detectar irregularidades graves en la cesión de derechos de pago básico de la PAC. Según consta en la documentación, la Administración regional tuvo conocimiento del caso a raíz de comunicaciones del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y de la Junta de Castilla-La Mancha, que alertaban de un posible fraude consistente en declarar superficies agrícolas sin derecho de uso real e incluso en la utilización de supuestos propietarios inexistentes para generar artificialmente derechos a ayudas europeas.
A pesar de la gravedad de los hechos, el intento del Gobierno regional de corregir la situación ha quedado bloqueado por su propia actuación. El Consejo Jurídico no cuestiona el fondo del asunto, la existencia del fraude ni la procedencia de anular los derechos concedidos, pero sí señala que el procedimiento seguido vulnera garantías básicas del ordenamiento jurídico, lo que impide validar la resolución propuesta.
Derechos concedidos por silencio administrativo
Uno de los elementos más críticos que recoge el dictamen es el reconocimiento expreso de que las cesiones de derechos de la PAC se consolidaron por silencio administrativo positivo. Es decir, la Administración regional permitió que se adquirieran derechos económicos públicos sin comprobar en plazo si se cumplían los requisitos legales exigidos por la normativa estatal y comunitaria.
El expediente admite que la beneficiaria no reunía condiciones esenciales: no tenía la condición de agricultora activa, no disponía de hectáreas admisibles, no ostentaba derechos reales sobre las tierras declaradas y no cumplía los requisitos establecidos en el Real Decreto 1075/2014. Pese a ello, la falta de resolución en tiempo y forma permitió que los derechos quedaran firmes.
Este funcionamiento evidencia una grave carencia de control en la gestión de las ayudas de la PAC por parte del Gobierno regional. Un sistema pensado para proteger a los ciudadanos frente a la inactividad administrativa acabó operando como una vía para el fraude, con consecuencias directas sobre el uso de fondos europeos.
Fraude penalmente perseguido
El dictamen deja claro que no se trata de una simple irregularidad administrativa. Los hechos han sido trasladados al ámbito penal y ya existe un procedimiento judicial en marcha. En concreto, se recoge la existencia de un escrito de acusación de conformidad ante el Juzgado Central de lo Penal, fechado en octubre de 2024, por un delito de fraude de subvenciones tipificado en el artículo 308 del Código Penal.
Como consecuencia de estas actuaciones, se ordenó el reintegro de 24.677,42 euros correspondientes a ayudas indebidamente percibidas, además de las sanciones y efectos accesorios previstos en la legislación. Este contexto refuerza, según el propio Consejo Jurídico, la concurrencia de una causa de nulidad de pleno derecho, al haberse adquirido derechos públicos “careciendo de los requisitos esenciales para su obtención”, tal y como establece el artículo 47.1.f de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Pese a ello, la anulación administrativa de esos derechos no puede llevarse a cabo en este momento debido a los errores cometidos por la propia Administración autonómica en la tramitación del expediente.

Defectos graves en la tramitación
El núcleo de la crítica del Consejo Jurídico se centra en la forma en que el Gobierno regional ha instruido el procedimiento de revisión de oficio. El dictamen señala que no consta de manera fehaciente que la persona afectada haya sido correctamente notificada del trámite de audiencia ni de otros actos esenciales. En el expediente no figura acuse de recibo, notificación electrónica válida ni prueba suficiente de conocimiento efectivo.
Además, el órgano consultivo cuestiona la gestión de los plazos y de las suspensiones del procedimiento. No constan acuerdos expresos ni notificaciones acreditadas que permitan verificar el cómputo correcto de los tiempos, lo que genera un riesgo real de caducidad. Estas deficiencias vulneran el principio de contradicción y el derecho de defensa, pilares básicos del procedimiento administrativo.
Por este motivo, el Consejo Jurídico emite un dictamen desfavorable a la propuesta de resolución de la Consejería y obliga a retrotraer las actuaciones al momento anterior al trámite de audiencia. En la práctica, esta decisión retrasa la anulación definitiva de los derechos irregulares y beneficia de facto a quien está siendo investigado por fraude.
Una gestión que debilita la defensa del interés público
El caso deja en una posición comprometida al Gobierno regional. Primero, por permitir que se concedieran derechos de la PAC sin los controles necesarios, amparándose en el silencio administrativo. Y después, por no ser capaz de articular un procedimiento sólido para anular esos derechos cuando el fraude ya había sido detectado y judicializado.
La combinación de inacción inicial y mala tramitación posterior dibuja un escenario preocupante en la gestión de fondos europeos. El dictamen evidencia cómo los errores administrativos pueden acabar neutralizando la reacción institucional frente a conductas fraudulentas y retrasar la recuperación de recursos públicos.
Más allá del expediente concreto, el pronunciamiento del Consejo Jurídico plantea interrogantes de mayor alcance sobre el funcionamiento de los mecanismos de control del Gobierno regional en materia de ayudas agrarias. Si la propia Administración reconoce la nulidad de los derechos concedidos pero no logra anularlos por fallos procedimentales, el problema deja de ser individual y adquiere una dimensión estructural.
Un fraude pendiente de resolver
El fraude en ayudas de la PAC existe, está documentado y ha llegado a los tribunales. Sin embargo, su corrección administrativa ha quedado en el aire por la actuación del propio Ejecutivo autonómico. El Gobierno regional deberá ahora rehacer el procedimiento, subsanar los defectos señalados y garantizar el respeto a las garantías legales si quiere anular definitivamente los derechos irregulares.
Hasta entonces, el dictamen deja una conclusión incómoda: la mala gestión administrativa no solo permitió el fraude, sino que ahora amenaza con prolongarlo en el tiempo, poniendo en cuestión la eficacia del sistema de control de ayudas públicas y la capacidad del Gobierno de la Región de Murcia para proteger el interés general frente a abusos en el uso de fondos europeos.
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