Europa Laica exige anular la cesión gratuita de la iglesia de Fátima al Obispado de Cartagena

Europa Laica exige anular la cesión gratuita de la iglesia de Fátima al Obispado de Cartagena

La asociación denuncia graves irregularidades en el procedimiento y advierte de una vulneración del principio de laicidad y del patrimonio público

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Europa Laica ha exigido la nulidad de pleno derecho de la cesión gratuita de la iglesia de Nuestra Señora de Fátima, en el barrio murciano de Vistabella, al Obispado de Cartagena, al considerar que el procedimiento impulsado por el Ayuntamiento de Murcia está plagado de irregularidades y vulnera principios básicos del ordenamiento jurídico. La organización laicista ha registrado una segunda alegación en el Consistorio en la que solicita el archivo del expediente administrativo destinado a desafectar este inmueble del dominio público municipal para su entrega permanente a la Iglesia católica.

La asociación subraya que se trata de un bien demanial de titularidad municipal, valorado en cerca de un millón de euros, cuya cesión gratuita beneficiaría a una institución privada religiosa con abundantes recursos económicos. A juicio de Europa Laica, la operación supone una descapitalización injustificada del patrimonio de toda la ciudadanía murciana y carece de amparo legal suficiente.

El inmueble continúa siendo de dominio público pese al acuerdo plenario adoptado el 31 de julio de 2025, ya que la desafectación del bien constituye un requisito indispensable previo a cualquier cesión patrimonial. Es precisamente este expediente de desafectación el que la asociación considera viciado desde su origen.

Un procedimiento que vulnera la participación ciudadana

Uno de los principales reproches formulados por Europa Laica se centra en el trámite de información pública. Según recoge en sus alegaciones, este trámite se ha realizado con posterioridad al acuerdo del Pleno municipal que aprobó la cesión, vulnerando de forma directa el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

La normativa establece que la ciudadanía debe ser escuchada antes de que el órgano municipal adopte una decisión que altere la calificación jurídica de un bien de dominio público. Sin embargo, en este caso, el acuerdo plenario se adoptó antes de abrir el periodo de participación, lo que, según la asociación, impidió que vecinos y colectivos pudieran pronunciarse con carácter previo sobre una decisión de gran trascendencia patrimonial y social.

Europa Laica considera que este modo de proceder vacía de contenido el derecho a la participación ciudadana y convierte el trámite de información pública en una mera formalidad sin efectos reales sobre la decisión ya tomada.

Ausencia de documentos esenciales en el expediente

Las alegaciones registradas por la organización también ponen el foco en la falta de documentación clave dentro del expediente administrativo. En concreto, se denuncia la ausencia del acuerdo formal de incoación del procedimiento de desafectación, así como de la resolución mediante la cual la finca fue afectada en su día al servicio público.

Tampoco consta, según Europa Laica, una justificación suficiente de las causas que motivan la desafectación del inmueble, un requisito exigido tanto por la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas como por la legislación de régimen local. La asociación sostiene que sin estos elementos no puede acreditarse ni la necesidad ni el interés general de la operación.

A juicio de la entidad laicista, estas carencias no son defectos menores, sino vicios sustanciales que afectan a la validez misma del procedimiento y refuerzan la petición de nulidad de pleno derecho del acuerdo adoptado por el Pleno municipal.

Cesión gratuita a una entidad privada religiosa

Europa Laica advierte de que el Ayuntamiento de Murcia pretende ceder gratuitamente la propiedad de un bien demanial a una entidad privada religiosa que no tiene la condición de administración pública ni de fundación pública, incumpliendo así los requisitos legales que rigen este tipo de cesiones patrimoniales.

La asociación recuerda que el carácter laico del Estado impide que un ayuntamiento tenga entre sus fines la prestación de culto de una confesión concreta. En este sentido, considera que la cesión gratuita de la iglesia de Fátima al Obispado de Cartagena supone una vulneración del principio de neutralidad religiosa de las administraciones públicas.

Además, Europa Laica sostiene que la operación introduce una discriminación injustificada hacia el resto de confesiones y asociaciones presentes en el municipio, al reservar exclusivamente a la Iglesia católica la posibilidad de hacerse con la propiedad del inmueble, en contra de los principios de igualdad y no discriminación recogidos en la Constitución.

Falta de alternativas y posible arbitrariedad

Otro de los aspectos criticados en las alegaciones es la ausencia de estudios serios sobre posibles usos alternativos del edificio y sobre el supuesto beneficio general que la cesión tendría para el conjunto de la ciudadanía de Murcia. Según la asociación, el expediente no acredita que se hayan valorado opciones distintas a la entrega gratuita del inmueble a la Iglesia católica.

Europa Laica alerta, además, de que distintos informes municipales reconocen de facto un uso monopolístico del edificio por parte de la confesión católica y utilizan precisamente ese uso previo como argumento para justificar la cesión definitiva de la propiedad. A juicio de la organización, este razonamiento refuerza el carácter arbitrario de la decisión y consolida una situación de privilegio incompatible con los principios de legalidad e igualdad.

La asociación llega a advertir de que una resolución administrativa adoptada en estas condiciones podría incluso encajar en los supuestos de resolución injusta previstos en el Código Penal, dada la ausencia de motivación suficiente y la posible desviación de poder.

Petición de nulidad y llamamiento al Ayuntamiento

Ante este escenario, Europa Laica solicita formalmente la nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 31 de julio de 2025, así como el archivo definitivo del expediente de desafectación y cesión de la iglesia de Nuestra Señora de Fátima al Obispado de Cartagena.

La organización hace un llamamiento al Ayuntamiento de Murcia para que respete la legalidad vigente, garantice la igualdad de trato entre todas las confesiones y preserve el patrimonio público al servicio del conjunto de la ciudadanía. A su juicio, la defensa del carácter laico de las instituciones y del interés general debe prevalecer frente a decisiones que benefician de forma exclusiva a una institución religiosa privada.

Europa Laica insiste en que el patrimonio municipal no puede ser utilizado como moneda de cambio ni entregado gratuitamente sin una justificación sólida y transparente, y advierte de que seguirá utilizando todas las vías legales a su alcance para frenar una operación que considera contraria al ordenamiento jurídico y a los principios constitucionales.

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