El escrito remitido al Tribunal de Cuentas sostiene que el Consistorio habría abonado guardias de Protección Civil con cheques públicos sin expediente, fiscalización ni retenciones

Dos voluntarios de la Agrupación Municipal de Protección Civil de Murcia han llevado al Tribunal de Cuentas una denuncia sobre presuntos pagos realizados mediante cheques, pagarés u otros medios bancarios con cargo a fondos públicos del Ayuntamiento de Murcia. El escrito, registrado el 15 de junio de 2026, pide al órgano fiscalizador que investigue si esas cantidades abonadas a integrantes de Protección Civil pudieron realizarse sin la tramitación, fiscalización, justificación y control exigibles para el manejo de caudales municipales.
La denuncia señala directamente al Ayuntamiento de Murcia como entidad pública afectada y sitúa el foco en el Servicio de Protección Civil y en la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil. Según el escrito presentado, los pagos se habrían realizado, al menos en parte, mediante cheques bancarios cargados a una cuenta corriente cuya titularidad municipal queda acreditada en la documentación aportada mediante certificado de CaixaBank.
Los denunciantes no afirman que exista ya una responsabilidad contable acreditada, pero sí trasladan al Tribunal de Cuentas una operativa que consideran suficientemente relevante como para exigir una investigación completa. Lo que plantean es que se compruebe si el Ayuntamiento abonó cantidades a voluntarios sin expediente de gasto, sin fiscalización previa, sin documento contable habilitante, sin resolución administrativa que autorizara cada pago y sin una justificación individualizada de los gastos supuestamente compensados.
El caso no gira únicamente en torno a si Protección Civil podía compensar determinados gastos a sus voluntarios. La cuestión central de la denuncia es otra: si esas cantidades respondían realmente a gastos concretos, necesarios y acreditados por cada persona, o si en realidad funcionaban como pagos fijos por guardia, jornada, disponibilidad o colaboración. Esa diferencia es clave, porque el voluntariado tiene carácter gratuito y no retribuido, sin perjuicio del derecho al reembolso de gastos efectivamente ocasionados y debidamente justificados.
Entre la documentación aportada figuran dos ejemplos de instrumentos bancarios: un cheque de CaixaBank por importe de 1.216 euros, con fecha manuscrita aparentemente de noviembre de 2024, y un pagaré o documento bancario de Bankia por importe de 1.000 euros, con vencimiento en noviembre de 2022. La denuncia vincula esos documentos a pagos a integrantes de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil y pide que se requiera al Ayuntamiento y a las entidades bancarias la relación completa de operaciones realizadas durante los ejercicios afectados.
Un listado interno refleja importes de 25 a 1.525 euros por voluntario
Uno de los documentos más significativos incorporados a la denuncia es una relación de voluntarios y guardias correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 19 de noviembre de 2023. El listado, según explican los denunciantes, habría circulado en el grupo público de WhatsApp de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Murcia y recoge DNI parcialmente anonimizados, número de guardias de 24 horas, número de guardias de 12 horas e importes asignados a cada persona.
El patrón que describen los denunciantes es claro: las cantidades parecen calculadas aplicando 50 euros por guardia de 24 horas y 25 euros por guardia de 12 horas. En la relación aparecen importes de 25, 50, 75, 100, 125, 150, 175, 200, 225, 275, 325, 375, 425, 500, 700, 775, 1.250 y hasta 1.525 euros por voluntario.
El listado aportado suma 65 registros y un importe agregado de 14.200 euros en el periodo analizado de 2023. Esta cifra no representa necesariamente el volumen total de pagos, ya que los propios denunciantes sostienen que no disponen de la relación completa de cheques, pagarés, transferencias o movimientos bancarios que pudieran haberse emitido durante otros ejercicios o con cargo a otras cuentas municipales.
La denuncia subraya que esa relación de guardias e importes resulta relevante porque podría evidenciar que las cantidades abonadas no respondían a gastos reales individualizados, sino a cuantías predeterminadas por servicio. Si esa hipótesis se confirmara, los pagos podrían dejar de ser simples reembolsos de gastos y pasar a tener otra naturaleza jurídica, contable y fiscal.
Por eso, los denunciantes piden al Tribunal de Cuentas que obligue al Ayuntamiento de Murcia a aportar la relación íntegra de cheques, pagarés, transferencias, disposiciones en efectivo o cualquier otro medio de pago emitido con cargo a cuentas municipales vinculadas al Servicio de Protección Civil o a la Agrupación Municipal. También solicitan copia de cada cheque u orden de pago, identificación de beneficiarios, conceptos, importes, fechas, firmantes, extractos bancarios y documentación justificativa.
El escrito reclama además los expedientes administrativos de gasto correspondientes a cada pago, los documentos contables de autorización, disposición, reconocimiento de obligación y ordenación del pago, los informes de fiscalización previa, reparos o notas de intervención, las resoluciones o instrucciones internas que hubieran amparado la operativa y los justificantes aportados por cada perceptor.
La Intervención municipal ya recibió una denuncia previa en 2025
La comunicación al Tribunal de Cuentas llega después de que los denunciantes acudieran previamente a la Intervención General del Ayuntamiento de Murcia. El 30 de octubre de 2025 se presentó un escrito registrado con número 2025/362994 en el que se solicitaba que se practicaran comprobaciones sobre la emisión de cheques usados por el Servicio de Protección Civil para pagar cantidades a voluntarios de la agrupación. Esa comunicación dio lugar al expediente municipal 2025/017/000004.
Posteriormente, uno de los interesados solicitó acceso íntegro al expediente administrativo, con todos los documentos y actuaciones practicadas desde su incoación. La documentación incorporada a la denuncia recoge que, el 18 de noviembre de 2025, la Intervención General comunicó la inclusión en el expediente de un “ZIP FOLIADO” con el índice y la documentación existente.
Sin embargo, los denunciantes sostienen que, a la vista de la documentación a la que han tenido acceso, no consta que el Ayuntamiento haya aportado una relación completa de cheques emitidos durante los últimos ejercicios, ni los expedientes de gasto asociados, ni la documentación contable, presupuestaria, interventora y fiscal necesaria para comprobar la regularidad de los pagos. También afirman que no les consta una resolución de fondo sobre la denuncia planteada ante la Intervención municipal.
El expediente remitido incluye una comunicación interior de la Interventora General al teniente de alcalde de Seguridad Ciudadana y Emergencias. En ella se trasladaba la instancia relativa a la percepción de pagos mediante cheques bancarios por miembros de Protección Civil para su remisión al responsable del servicio municipal, contestación al solicitante si se consideraba oportuno y demás efectos procedentes.
Para los denunciantes, esa respuesta no despeja las dudas esenciales. Por eso han elevado el asunto al Tribunal de Cuentas, al considerar que los hechos podrían tener relevancia contable si se confirma que hubo salida de fondos públicos municipales sin causa suficientemente acreditada, sin justificación bastante o al margen del procedimiento ordinario de ejecución del gasto público local.
La denuncia pide expresamente que se dé traslado al Ministerio Fiscal ante el Tribunal de Cuentas, que se practiquen actuaciones de comprobación, que se requiera documentación completa al Ayuntamiento de Murcia y que, si procede, se solicite información a CaixaBank y a otras entidades bancarias para reconstruir la trazabilidad de los pagos.
La denuncia también apunta al posible tratamiento fiscal de los pagos
El escrito incorpora una segunda derivada: el posible tratamiento fiscal de las cantidades abonadas. Los denunciantes afirman que no les consta que el Ayuntamiento de Murcia haya declarado estos pagos como rendimientos del trabajo ante la Agencia Tributaria, ni que haya practicado retenciones, ingresado cantidades a cuenta, incluido a los perceptores en declaraciones informativas anuales o expedido certificados individuales de retenciones.
Para reforzar esta parte de la denuncia, se aportan varias consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos sobre pagos de ayuntamientos a voluntarios de Protección Civil. Según el escrito, esas consultas sostienen que las cantidades abonadas bajo conceptos como dietas, compensaciones o pagos por jornada, cuando no constituyen estrictos gastos por cuenta de tercero debidamente acreditados, deben calificarse como rendimientos del trabajo sujetos al IRPF y al sistema de retenciones.
La denuncia solicita que se compruebe si el Ayuntamiento declaró o no estos pagos ante la AEAT, si practicó las retenciones correspondientes, si presentó los modelos tributarios exigibles y si identificó nominativamente a los perceptores. También pide que, si de las actuaciones resultaran indicios de infracción tributaria, administrativa o penal, se acuerde el traslado a los órganos competentes.
Los denunciantes reclaman, además, que se identifique a las autoridades, funcionarios, empleados públicos o responsables que hubieran autorizado, firmado, tramitado, fiscalizado, contabilizado, custodiado o permitido la salida de fondos públicos sin justificación suficiente, en caso de que la investigación confirme esa falta de soporte documental. También solicitan que se cuantifique provisionalmente el posible perjuicio económico a los caudales municipales y que se adopten las medidas necesarias para su eventual reintegro.
La denuncia presentada ante el Tribunal de Cuentas abre así un frente de investigación sobre una práctica que, según los denunciantes, podría llevar años realizándose en el ámbito de Protección Civil del Ayuntamiento de Murcia. La clave estará ahora en la documentación que pueda aportar el Consistorio: si existen expedientes de gasto, fiscalización previa, autorización administrativa, justificantes individualizados y tratamiento fiscal correcto, los pagos podrán quedar explicados. Si no existen, el caso podría adquirir una relevancia mucho mayor en términos de control de fondos públicos municipales.
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