El Consejo Jurídico tumba la resolución de las obras de sendas verdes en Nonduermas al expirar los plazos legales

El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha emitido el dictamen 194/2025 en el que rechaza la propuesta del Ayuntamiento de Murcia para resolver el contrato de obras de acondicionamiento y señalización de sendas verdes en Nonduermas, adjudicado por más de 318.000 euros a la empresa Nueva Codimasa S.L. El motivo no es el fondo del asunto —el incumplimiento alegado por la contratista—, sino un error de forma: el procedimiento municipal caducó al superar el plazo legal para resolver.
Un contrato incluido en el Plan de Sostenibilidad Turística
El expediente se refiere a un proyecto financiado dentro del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino, que contemplaba la creación y señalización de itinerarios en zonas de huerta, con el objetivo de reforzar el atractivo turístico y natural del municipio. La Junta de Gobierno Local adjudicó el contrato en febrero de 2025 a la mercantil Nueva Codimasa S.L., formalizándolo el 6 de marzo con un presupuesto total de 318.008,57 euros (IVA incluido) y una garantía definitiva de 13.140 euros.
El contrato fijaba un plazo de cinco meses para la ejecución de las obras, condicionado a la entrega y validación del Plan de Seguridad y Salud (PSS) en los tres días hábiles siguientes a la firma. Sin embargo, el documento presentado por la empresa fue objeto de reparos por la Coordinadora de Seguridad y Salud, que detectó 11 deficiencias que debían subsanarse de forma inmediata.
El Ayuntamiento quiso resolver el contrato e incautar la fianza
La empresa no entregó la corrección dentro del plazo previsto por los pliegos, lo que motivó que los servicios técnicos recomendaran resolver el contrato por incumplimiento culpable. El Ayuntamiento inició en abril un procedimiento de resolución, que incluía además la incautación de la garantía definitiva, la exigencia de indemnizaciones por daños y la prohibición de contratar con la administración durante un año.
La contratista alegó que había subsanado dentro del plazo legal, contando los días hábiles y alegando además circunstancias personales que dificultaron la entrega. También cuestionó la validez de una comunicación remitida por correo electrónico en lugar de a través de la sede electrónica. En cualquier caso, insistió en que no existía retraso y que la resolución era desproporcionada.
El Consejo Jurídico señala la caducidad del procedimiento
El CJRM no ha entrado a valorar si la empresa incumplió o no sus obligaciones. El dictamen se centra en el plazo de tramitación del procedimiento de resolución contractual. Al haberse declarado la tramitación de urgencia, el Ayuntamiento solo disponía de un mes y medio para resolver el expediente.
Sin embargo, según el informe, entre la incoación del procedimiento (16 de abril) y la suspensión por petición de dictamen (20 de junio) transcurrieron 65 días, muy por encima del plazo legal reducido. El Consejo recuerda que, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo, esta superación implica la caducidad automática del procedimiento.
La consecuencia es clara: el Ayuntamiento no puede resolver el contrato en base a ese expediente, y debe archivarlo e iniciar uno nuevo si quiere volver a intentar la rescisión.
Un varapalo a la gestión municipal
El dictamen constituye un revés para el Ayuntamiento de Murcia, que ve cómo se frustra la resolución de un contrato clave para el plan turístico por deficiencias en la tramitación administrativa. El Consistorio pierde no solo tiempo, sino también capacidad de reacción frente a la empresa adjudicataria, que se libra de momento de la resolución, de la incautación de su fianza y de la posible prohibición de contratar.
Además, el informe del CJRM advierte de que, en el nuevo procedimiento que se abra, deberán respetarse todos los trámites de audiencia y garantías para la contratista, lo que supone un retraso adicional en la ejecución de unas obras que estaban llamadas a dinamizar el entorno de la huerta.
Fondos públicos en riesgo y retrasos en proyectos turísticos
El caso pone de relieve las consecuencias de una gestión negligente de los plazos administrativos en contratos financiados con fondos vinculados a proyectos de sostenibilidad turística. Cada mes de retraso en la tramitación implica un impacto directo en la ejecución de las obras, con riesgo de perder inversiones o comprometer la planificación global del plan turístico.
La empresa adjudicataria, por su parte, sale reforzada al evitar sanciones inmediatas, aunque sigue pendiente de que el Ayuntamiento decida reiniciar el procedimiento. Mientras tanto, la ciudadanía ve cómo se paraliza un proyecto que debía estar en marcha ya en 2025.
En definitiva, el dictamen 194/2025 evidencia fallos graves en la tramitación contractual del Ayuntamiento de Murcia, que no ha sabido cumplir los plazos legales y pierde así la posibilidad de sancionar a la empresa adjudicataria. Un error administrativo que compromete tanto la credibilidad de la gestión municipal como la ejecución de proyectos clave para el desarrollo turístico del municipio.
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