Dos años de FP sin currículo aprobado dejan bajo duda las titulaciones cursadas

Dos años de FP sin currículo aprobado dejan bajo duda las titulaciones cursadas

Los dictámenes revelan el mismo problema en Básica, Media y Superior mientras Educación publica ahora 75 currículos con efectos desde 2024

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La publicación, este pasado viernes, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de los currículos definitivos de 75 ciclos de Formación Profesional de Grado Superior no cierra el problema que LasNoticiasRM viene documentando desde principios de septiembre. La nueva orden llega después de dos cursos completos de implantación, establece que sus efectos académicos se remontan a septiembre de 2024 y aparece cuando ya se sabe que la ausencia de los nuevos currículos autonómicos no afectó únicamente a los grados Medio y Superior: la FP Básica atravesó exactamente la misma situación y recibió prácticamente el mismo reproche del Consejo Jurídico de la Región de Murcia.

El Dictamen 269/2026, aprobado el 16 de septiembre y cuya información tenía pendiente de publicar este medio cuando apareció la nueva orden de Grado Superior, completa así una fotografía que hasta ahora estaba fragmentada. El documento analiza los 27 títulos de FP de Grado Básico autorizados en la Región y confirma que primero se implantó el nuevo primer curso en 2024-2025, después el segundo en 2025-2026 y, mientras tanto, continuaba pendiente la aprobación del desarrollo curricular autonómico correspondiente.

El esquema es el mismo que LasNoticiasRM había desvelado anteriormente para los grados Superior y Medio. El primero afecta a 75 títulos y el segundo a 48. Sumados los tres proyectos normativos, la situación alcanza a 150 títulos de Formación Profesional de Grado Básico, Medio y Superior, aunque esa cifra no significa que todos ellos se hayan impartido necesariamente en todos los centros o modalidades durante los dos cursos.

La coincidencia entre los tres expedientes resulta especialmente relevante porque ya no permite presentar el problema como un retraso aislado en unas pocas titulaciones. Es el propio Consejo Jurídico quien habla de una práctica reiterada de la Consejería de Educación: comenzar las enseñanzas antes de culminar la regulación autonómica que debía respaldarlas y aprobar posteriormente las normas atribuyéndoles efectos académicos desde el momento en que los alumnos empezaron realmente a estudiar.

La Consejería ha dado ahora un paso para cerrar uno de esos frentes. Víctor Javier Marín firmó el 21 de septiembre la orden definitiva correspondiente al Grado Superior, trece días después de que LasNoticiasRM publicara la primera información sobre la ausencia de estos currículos. El texto apareció en el BORM el día 25 y establece expresamente que, aunque entra en vigor ahora, sus efectos académicos comienzan en el curso 2024-2025.

La secuencia temporal no permite afirmar que Educación haya publicado la orden como consecuencia directa de las informaciones de LasNoticiasRM, puesto que el expediente ya estaba en tramitación y el Consejo Jurídico había dictaminado sobre él el 2 de septiembre. Sí permite constatar que la Consejería ha aprobado ahora una regulación que llevaba pendiente dos cursos completos después de que este medio hiciera pública la situación y de que otro dictamen confirmara posteriormente que el mismo problema afectaba también al Grado Medio.

El Consejo Jurídico repite en FP Básica la misma advertencia sobre los títulos

El nuevo dictamen sobre FP Básica no introduce un reproche distinto. Lo que hace es extender a otro nivel educativo prácticamente la misma censura formulada en los expedientes anteriores.

El Consejo señala que la Consejería «reincide» en una práctica que «lejos de resultar puntual o excepcional» se ha producido «en numerosas ocasiones». La describe como comenzar a impartir enseñanzas que no cuentan todavía con «el necesario respaldo normativo del currículo», confiando en aprobar posteriormente la regulación y darle efectos desde la fecha en la que comenzó la implantación real.

La advertencia resulta especialmente significativa en este caso porque la FP de Grado Básico forma parte de la educación básica y tiene la consideración de Educación Secundaria Obligatoria. No estamos, por tanto, ante una cuestión limitada a enseñanzas superiores o de especialización profesional.

El Consejo Jurídico no sostiene que la retroactividad de las futuras órdenes sea automáticamente ilegal, pero insiste en un límite que afecta directamente al alumnado: una norma aprobada después no puede cambiar aquello que realmente se enseñó en las aulas durante los dos cursos anteriores.

Por eso vuelve a relacionar la situación con la expedición de las titulaciones. El dictamen explica que superar un ciclo formativo y obtener el correspondiente título exige una equivalencia entre la formación recibida por el estudiante y la prevista por el programa educativo aplicable.

Y, de nuevo, la documentación remitida por Educación no acreditaba esa correspondencia.

«Dicha adecuación entre formación efectivamente recibida y programa educativo no se ha acreditado en el expediente», señala el Consejo Jurídico. Añade que la memoria elaborada por la Consejería ni siquiera afirmaba que las enseñanzas desarrolladas durante 2024-2025 y 2025-2026 hubieran utilizado como referencia el borrador curricular que se pretendía aprobar posteriormente. La primera versión incorporada al expediente remitido al órgano consultivo databa de febrero de 2026, cuando buena parte del ciclo ya había sido impartida.

El Consejo vuelve entonces a expresar su «inquietud y rechazo» y habla de una «clara inversión del sistema diseñado por la normativa básica», con los «potenciales efectos negativos» que esta forma de proceder podría ocasionar a los alumnos que cursaron las enseñanzas confiando en la regularidad de la oferta administrativa.

La formulación es sustancialmente la misma que aparece en el Dictamen 257/2026 sobre Grado Superior. Allí el Consejo también advertía de que la retroactividad no puede alterar materialmente la formación ya recibida y que la correspondencia entre esa formación y el currículo definitivo no figuraba acreditada en el expediente.

Esto no equivale a afirmar que las titulaciones obtenidas desde 2024 carezcan de validez. Tampoco significa que todos los centros hayan aplicado programaciones incompatibles con los currículos definitivos. La incógnita es más concreta: Educación debe poder demostrar que lo que recibió realmente cada promoción se corresponde con las reglas que ahora pretende aplicarles retroactivamente.

La orden definitiva cambia algunas de las referencias que Educación dio en 2024

La publicación de los currículos de Grado Superior añade además un elemento que da todavía más importancia a esa advertencia del Consejo Jurídico.

Cuando comenzó la implantación del nuevo sistema en septiembre de 2024, la Consejería todavía no había aprobado los currículos autonómicos. Para poder organizar las clases, la Dirección General de Formación Profesional publicó instrucciones y tablas con la distribución de módulos y horas que debían servir de referencia a los centros.

El análisis realizado por LasNoticiasRM muestra que algunas de aquellas primeras distribuciones horarias no coinciden con las que ahora aparecen en la orden definitiva a la que Educación otorga efectos desde ese mismo curso 2024-2025.

En Administración y Finanzas, por ejemplo, la nueva norma fija 110 horas para Gestión de la Documentación Jurídica y Empresarial, 75 para Recursos Humanos y Responsabilidad Social Corporativa, 210 para Proceso Integral de la Actividad Comercial y 180 para Comunicación y Atención al Cliente. Inglés Profesional queda finalmente establecido en 70 horas.

Las primeras tablas utilizadas durante la implantación asignaban 105, 70, 205 y 175 horas, respectivamente, mientras Inglés Profesional aparecía con 90.

Las diferencias son todavía más visibles en Acondicionamiento Físico. La orden definitiva establece ahora 155 horas de Habilidades Sociales, 190 de Fitness en Sala de Entrenamiento Polivalente, 120 de Actividades Básicas con Soporte Musical, 155 de Acondicionamiento Físico en el Agua y 70 de Inglés Profesional.

Las tablas iniciales recogían 100, 210, 135, 175 y 60 horas, respectivamente.

La existencia de estas diferencias no permite concluir por sí sola que algún alumno haya recibido menos formación de la necesaria. Los ciclos mantienen, con carácter general, una duración total de 2.000 horas y la Consejería fue actualizando las tablas durante la implantación. De hecho, las versiones difundidas posteriormente durante 2025 ya incorporaban muchas de las cargas horarias que finalmente aparecen en la norma de 2026.

Precisamente ahí está el problema que todavía debe aclararse: qué versión aplicó cada centro en cada momento, cómo se reorganizaron las programaciones cuando fueron cambiando las referencias y si la formación efectivamente cursada puede considerarse equivalente al currículo que ahora se ha convertido en definitivo.

La orden publicada el 25 de septiembre no incorpora una disposición específica destinada a certificar esa correspondencia para los estudiantes que estrenaron el nuevo sistema. Regula la transición de quienes proceden del plan anterior y establece determinadas equivalencias para módulos pendientes, pero no introduce un procedimiento extraordinario para comprobar, centro por centro y promoción por promoción, lo cursado desde septiembre de 2024.

Educación sí ha corregido otros aspectos que había señalado el Consejo Jurídico y ha incorporado también una explicación sobre el retraso. La Consejería lo atribuye al calendario estatal de implantación, a los sucesivos cambios normativos del Ministerio y al escaso margen existente tras la aprobación del Real Decreto 500/2024. La propia orden sostiene que adaptar todos los currículos antes del comienzo del curso resultaba «de todo punto imposible» por los tiempos necesarios para tramitar una norma de estas características en la Región de Murcia.

La publicación de los currículos de Grado Superior resuelve, por tanto, una parte del problema formal, pero llega cuando los dictámenes del Consejo Jurídico ya permiten comprobar que la misma forma de proceder se extendió al conjunto de los tres grandes niveles de Formación Profesional. En Básica, Medio y Superior, Educación puso en marcha primero las enseñanzas y dejó para después la aprobación definitiva de las reglas autonómicas que debían ordenarlas.

La cuestión que queda abierta es ahora más importante que el mero retraso administrativo. Se trata de determinar si los alumnos que cursaron la nueva FP entre 2024 y 2026 recibieron exactamente —o de manera suficientemente equivalente— la formación que exigen los currículos que la Consejería está aprobando después. De esa acreditación depende despejar definitivamente una duda que el propio Consejo Jurídico ha vinculado de forma expresa con la expedición de los títulos y que, tras conocerse que la misma situación se repite en Básica, Medio y Superior, afecta ya al conjunto de la nueva Formación Profesional implantada en la Región de Murcia.

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